Una imagen del último partido. | Irene Arango

El Juez de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado el recurso presentado por el CD Ibiza y la SD Formentera por una presunta alineación indebida del Lleida en los dos partidos contra el Numancia de la semana pasada. Cabe la posibilidad de interponer recurso en los próximos diez días hábiles.

El Juez de Competición indica lo siguiente en su resolución: «Sobre la supuesta alineación indebida de los citados jugadores de nacionalidad ucraniana, como ya se ha hecho en resolución de esta misma fecha en procedimiento instado por el propio club denunciante, se ha de afirmar que ambos jugadores disponen de la Licencia correspondiente, expedida por el órgano competente de la RFEF el 7 de abril pasado, circunstancia que por sí misma excluye cualquier irregularidad en cuanto a su alineación se refiere».

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«No obstante lo anterior, por lo que se refiere a la afirmación del club denunciante sobre que se encuentran indicios de que el NIE aportado coincida con el número de pasaporte, dicha cuestión debería ser presentada ante el órgano competente, quien examinaría si la documentación aportada para obtener la licencia de dichos jugadores es o no correcta, procedimiento sin duda distinto al presente, puesto que, insistimos, el hecho de que ambos jugadores dispongan del correspondiente documento habilitante expedido por la RFEF les faculta para disputar los partidos de su competición, independientemente de la eventual impugnación o discusión de su validez, cuestión ajena a la cuestión disciplinaria que aquí puede ser objeto de examen», continúa.

«Sin perjuicio de cuanto anteriormente se ha manifestado, en aras a una perfecta clarificación de la situación y dilución de dudas suscitadas, por este Juez de Competición se ha solicitado al Departamento de Licencias de la RFEF la documentación completa que dio lugar a la expedición de las reiteradas licencias, y se comprueba que los números de identificación de extranjeros de ambos jugadores son correctos, cotejados con el Resguardo de presentación de solicitud de protección temporal para personas desplazadas expedidos por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de la Dirección General de la Policía, y se corresponden con los que dieron lugar a su alta en el Régimen de Seguridad Social, documentación que igualmente ha sido examinada encontrándola perfectamente correcta, siendo erróneos los NIE que mencionan en su escrito el club denunciante, razones que nos inducen a rechazar total e íntegramente las pretensiones instadas, incluida naturalmente, la de pretender la suspensión de la competición de playoff», sentencia la notificación.

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