El Govern balear ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley que regula el mecenazgo deportivo y fija medidas tributarias, y cuyo objetivo es contribuir al fomento y al desarrollo del deporte y las entidades deportivas de las Illes Balears.

El Consell de Govern reunido este viernes ha aprobado esta iniciativa que establece un nuevo marco para impulsar y favorecer la colaboración público-privada en el ámbito del mecenazgo deportivo.

El conseller de Turismo y Deportes, Jaime Martínez, ha reseñado que en las islas se celebran cada año unos 65 eventos deportivos relevantes y que este tipo de eventos pueden ayudar a la prolongación de la temporada turística.

El anteproyecto regula los ámbitos que abarca el propio mecenazgo deportivo: proyectos o actividades deportivas incluidas dentro del ámbito federativo; proyectos o actividades declaradas de interés social por la Conselleria de Turismo y Deportes; y la investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio deportivo de las islas.

También se prevén medidas fiscales aplicables al mecenazgo deportivo, la creación de empresas deportivas y la adquisición de empresas o bienes muebles de ámbito deportivo.

Según dicho anteproyecto de ley, el mecenazgo se puede llevar a cabo a través de donaciones, préstamos de uso o comodato y convenios de colaboración.

Los beneficiarios de este tipo de mecenazgo pueden ser tanto las entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas fiscalmente en Balears, como la administración de la Comunidad Autónoma y los organismos autónomos y fundaciones y consorcios públicos dependientes, los consells insulars y la entidades locales de Balears, así como los organismo autónomos y fundaciones y consorcios públicos dependientes, y la Universitat de les Illes Balears.

También pueden ser beneficiarias las personas físicas con domicilio fiscal en Baleares que de forma habitual realizan actividades deportivas.

Además, el anteproyecto concreta los incentivos fiscales y en qué casos y actuaciones se podrán aplicar, además de determinar los requisitos necesarios para tener derecho a las deducciones y los procedimientos a seguir.

De esta forma, el texto establece una deducción de la cuota autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de un 15 % sobre el valor de las donaciones, cesiones de uso, contratos de comodato o cantidades satisfechas por convenios de colaboración, con un límite de deducción aplicable de 600 euros por ejercicio.

Respecto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales, el anteproyecto establece un tipo del 1 % aplicable a aquellas cuyos bienes inmuebles sean imprescindibles para la práctica del deporte cuando éstos sean incorporados a una empresa, actividad o proyecto de carácter deportivo.

La persona que adquiere el bien deberá mantener en su patrimonio dicha actividad o proyecto deportivo durante por lo menos cinco años desde su adquisición.

Finalmente, en lo referente al impuesto sobre donaciones y sucesiones, el anteproyecto concreta que se eleva la reducción en la transmisión de una empresa, que aumenta del actual 95 % fijado para todo tipo de empresa al 99 % cuando se trate de bienes y derechos afectos a una empresa deportiva.

También prevé que la reducción por la adquisición de participaciones sociales en entidades deportivas ascienda al 99 %.

Se regula una reducción del 70 % en la base imponible del impuesto del valor de los bienes de la herencia que se destinen a la creación de una empresa deportiva con un límite de base de 400.000 euros.

Finalmente, en las donaciones dinerarias de padres a hijos o a otros descendientes o entre colaterales hasta el tercer grado que se destinen a la creación de una empresa deportiva se aplicará una reducción del 70 %, con un límite de base de 300.000 euros.