El juez del caso Palma Arena, José Castro. | Motserrat T. D

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha informado en contra de la petición del titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma José Castro de continuar como magistrado emérito en el caso Palma Arena cuando acaezca su jubilación forzosa.

La sala considera que dicha solicitud «no se adecúa» a lo previsto por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los miembros consideran que la prolongación más allá de la jubilación de las funciones jurisdiccionales del titular del juzgado de instrucción número 3 «posibilitaría la continuidad de las investigaciones a cargo de quien ya ha venido conociendo de ellas desde su incoación», pero no está contemplada en la Ley.

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El acuerdo de la Sala de Gobierno se trasladará el Consejo General del Poder Judicial, a quien compete adoptar una decisión.

En su petición, Castro condiciona tal nombramiento a que se le permita proseguir la instrucción de las diligencias previas 2677/2008, conocidas como caso Palma Arena, que está dividido en 27 piezas de las que 19 continúan en fase de instrucción, hasta su conclusión, con renuncia del tiempo que pueda restar hasta el vencimiento del plazo para el que fue nombrado.

Se trata de una posibilidad contemplada por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece en su artículo 200.4 que los miembros de la Carrera Judicial jubilados por edad que sean nombrados para continuar en su puesto tendrán la consideración y tratamiento de magistrados eméritos, una situación en la que podrán permanecer hasta los 75 años con el tratamiento retributivo de los magistrados suplentes.