VÍDEO: El IB-Salut deberá indemnizar con 64.417 euros a los familiares de un fallecido por diagnóstico equivocado. | David Setbetes

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) ha condenado al Servicio Balear de Salud (Ib-Salut) a indemnizar con 64.417 euros más intereses a los familiares de un paciente que falleció en marzo de 2010 tras varios diagnósticos equivocados durante cinco años. Sólo dos meses antes de morir los médicos evidenciaron que tenía cáncer de pulmón sin ya posibilidad alguna de operar.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo emplaza así a la Administración balear a abonar 40.685 euros a favor de la mujer del enfermo, 16.952 para su hija y 3.390 para cada uno de los padres de la víctima.

El tribunal recalca cómo el tumor «no apareció milagrosamente» en el momento de ser detectado, sino que «ya estaba» -de acuerdo al dictamen de un especialista aportado a la causa-, y asevera que entre otras pruebas que no se le practicaron al paciente y que se podían haber hecho se encontraban el electrocardiograma, el estudio de las secreciones bronquiales, una broncoscopia o una tomografía, «pero especialmente un TAC, que hubiera mostrado -y hecho ver- cuál era el problema que subyacía».

La demanda, interpuesta después de que la Conselleria de Salud desestimase inicialmente la reclamación de los familiares, se sustentaba así en el hecho de que el fallecimiento se produjo tras diversos errores de diagnóstico por parte del personal sanitario del Hospital de Formentera, al que le imputaban una «mala praxis» médica que ocasionó al paciente «la pérdida de la oportunidad de disponer de un tratamiento curativo o paliativo».

En concreto, el paciente acudió en tres ocasiones, entre diciembre de 2005 y mayo de 2007, al médico de Atención Primaria de Formentera por dolor en el costado derecho, que se le diagnosticó como 'episodio genérico' por tabaquismo. A partir de enero de 2009, comenzó a experimentar molestias respiratorias y dolor en el omoplato derecho, lo que los sanitarios atribuyeron a una cervicobraquialgia, derivándolo al fisioterapeuta sin realizarle otras pruebas.

Fue en septiembre de ese año cuando, ante la insistencia del afectado, se le realizaron nuevas radiografías, mientras que a finales de diciembre, cuando el deterioro era patente, el médico de cabecera le diagnosticó derrame pleural y fue remitido a urgencias, donde se le realizaron pruebas que concluyeron con la existencia de un cáncer de pulmón muy avanzado con metástasis. Dos meses después fallecía.

Y es que, según la sentencia, el tumor se encontraba en estado «tan avanzado que era ya incurable» por no haberse agotado las posibilidades diagnósticas a las que debía haber sido sometido.

El procedimiento contó con el informe desfavorable del Consell Consultiu, que apelaba a desestimar la reclamación de los familiares al aseverar que no fue posible establecer un diagnóstico precoz del cáncer debido a la ausencia de una sintomatología específica. De hecho, consideraba que la asistencia recibida por el paciente «debe calificarse como correcta».