Biel Barceló (sobre estas líneas, ayer en su escaño del Parlament) no consiguió sacar adelante la redacción original del proyecto. Nace con dudas de interpretación y parlamentarios de diferentes partidos lo reconocieron abiertamente. | MIQUEL ANGEL CAÑELLAS

El pleno del Parlament balear aprobó ayer una normativa sobre el alquiler turístico que puede llegar a limitar el arrendamiento a dos meses y siempre que se trate de la vivienda habitual. Puede, pero no es seguro, ya que deja en el aire muchas dudas al nacer con una redacción contradictoria que puede dificultar su aplicación y dar pie a recursos.

El vicepresidente del Govern y y conseller de Turisme, Biel Barceló, dijo que la nueva norma se concretará cuando se desarrolle el reglamento y los consells y el Ajuntament de Palma aprueben las zonas en las que el alquiler turístico esté permitido.

La nueva ley, que modifica la que se aprobó cuando Carlos Delgado (PP) era conseller, mantiene un artículo de aquella, precisamente el que limitaba el alquiler a «vivienda unifamiliar aislada o pareada, en principio ideada para uso residencial». Es decir, chalés o adosados. Podemos votó en contra de la supresión de ese artículo y de la incorporación de la fórmula que proponía el actual Ejecutivo y que aludía a «vivienda residencial» sin más. Con esta redacción, que finalmente no se aprobó, se abría el paso al alquiler de pisos, o plurifamiliares, con algunas limitaciones.

Podemos, que apoyó la totalidad de los artículos salvo el que anulaba la ‘fórmula Delgado’ (votó con PP y Ciudadanos) sacó pecho por la norma que ayer salió del Parlament y se atribuyó el éxito de que «el derecho a la vivienda haya ganado a la especulación». El partido morado, que pese a su división interna de cara a decidir su futura dirección se ha mostrado muy unido con esta ley, humilla políticamente a Biel Barceló y se presenta como el gran artífice de medidas incorporadas a la norma pese a que muchas han sido fruto del pacto entre ese grupo, PSIB y Més.

Una de estas medidas restrictivas parte de PSIB y Més: que únicamente se pueda alquilar una vivienda particular y por un tiempo limitado de dos meses.

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PSIB y Més restaron importancia al hecho de que se mantuviera en la redacción el artículo 49 de la ‘ley Delgado’. Sin embargo, a la hora de explicarse crearon incertidumbre y cierto nerviosismo. Tanto Bel Oliver (PSIB) como Biel Barceló coincidieron en que «ni se prohíbe ni se permite alquilar alquilar plurifamiliares». Ese es el quid de lo que pasó ayer: que un artículo no casa con el resto de la ley.

Salvador Aguilera, el portavoz de Podemos en el debate, se mostró muy satisfecho de haber llegado «hasta el final». Comentó que «queda claro que no íbamos de farol» .

Después de la compleja votación de ayer (enmienda por enmienda y artículo por artículo) tras un debate en que se vivieron momentos de tensión, sobre todo cuando un diputado de Més per Menorca acusó a Podemos de «populista», el PP puso en evidencia la «chapuza» de la norma. «Esta ley no soluciona nada y la derogaremos cuando volvamos a gobernar», dijo la portavoz de los ‘populares’, Margalida Prohens.

Mientras, desde Més y PSIB se insistía en destacar lo positivo de la ley. Una y otra vez, el vicepresidente Barceló insistó en que se trataba de una buena norma, que fijaba un «techo de plazas» (algo que Podemos no comparte) y que equivalía a una moratoria. «Lo que queda claro es que una vez entre en vigor esta ley se abre una moratoria en el alquiler turístico hasta que se definan las zonas». Es decir, tendrán que pasar un mínimo de ocho meses para que algo cambie sobre la realidad actual.

Más allá del debate, la nueva normativa establece unos requisitos mínimos de calidad e introduce medidas de control para evitar situaciones de fraude. Así, las viviendas que quedan reguladas en la ley deberán inscribirse en un registro y sus titulares tendrán que presentar la correspondiente declaración del inicio de actividad. La ley también prevé sanciones para alquileres que no se ajusten a la legalidad con multas de hasta 40.000 euros para los propietarios que no regulen las viviendas destinadas a fines turísticos y establece sanciones «muy graves» para las comercializadoras que pueden alcanzar los 400.000 euros.