En 2020 llegaron a Baleares muchos menos turistas de los previstos debido a la pandemia. | Gemma Andreu

La consellera de Hisenda, Rosario Sánchez, ha informado este lunes que Baleares dejó de ingresar unos 100 millones previstos por la ecotasa en 2020. En concreto, se preveía ingresar 128 millones y sin tener en cuenta la modificación de módulos aprobada este lunes serían 27 millones. Sin embargo, todo apunta a que esta cifra se reducirá tras la aplicación de la nueva normativa.

Para 2021, el Govern prevé ingresar 56 millones del impuesto sobre estancias turísticas, más conocido como ecotasa.

El Consell de Govern ha aprobado, mediante un decreto ley, medidas excepcionales urgentes en el ámbito del impuesto sobre estancias turísticas, con las que completa la adaptación de la liquidación del impuesto correspondiente a 2020 a la disminución de la actividad turística del año pasado producida por efecto de la pandemia de la COVID-19 a los establecimientos turísticos acogidos al régimen de estimación objetiva del tributo.

El Decreto Ley incorpora nuevas medidas para adecuar la liquidación de 2020 —cuantías ya abonadas por los visitantes a los establecimientos de alojamiento— a la caída de la ocupación de los establecimientos el año pasado y también aplaza la liquidación al próximo mes de octubre, cuando habitualmente se debería haber hecho en enero, y después de que mediante la Ley de Presupuestos de este año se hubiera aplazado hasta el mes de mayo de 2021.

De este modo, se amplían las medidas de carácter excepcional ya adoptadas por el Govern a lo largo del último año en el caso de los establecimientos acogidos al régimen de estimación objetiva con el objetivo de adaptar la aplicación del impuesto a las circunstancias excepcionales derivadas de la pandemia y evitar las distorsiones que podían generar los cálculos estimativos de años pasados por la situación provocada por la COVID-19.

El año pasado, estos establecimientos ya no tuvieron que realizar el pago anticipado del mes de septiembre, dado que el Govern suprimió este ingreso a cuenta, y, por lo tanto, la liquidación de 2020 se realiza este año. El Decreto Ley aprobado hoy aplaza la liquidación a octubre y complementa las medidas de revisión de los módulos de este régimen previstas en una orden —actualmente en trámite de audiencia— de la consellera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Estos cambios afectan al régimen de estimación objetiva del tributo. Los establecimientos pueden liquidar el impuesto sobre estancias turísticas, que pagan directamente los visitantes a los establecimientos, de dos formas: a través del régimen de estimación directa o del régimen de estimación objetiva. En el primero, las empresas hacen la liquidación trimestral a partir de los ingresos efectivamente recibidos de los turistas a los que han alojado.

En el régimen de estimación objetiva se determinan los ingresos indirectamente. En este régimen, los establecimientos anticipan un ingreso a cuenta que anualmente se tenía que hacer en septiembre a partir de la previsión de los ingresos del impuesto para todo el año, mediante un cálculo y un sistema de módulos teniendo en cuenta datos de actividad de años anteriores.

En este régimen, en la liquidación de 2020, además de quedar aplazada a octubre, se aplicará una revisión de los módulos, con la que se reducen de forma proporcional a la menor ocupación de los establecimientos de 2020 respecto de 2019, en cada isla y categoría, dadas las circunstancias excepcionales que afectan gravemente a la actividad turística, como prevé el decreto de desarrollo de la ley reguladora de este impuesto.

En el caso de los establecimientos que, por varias razones, pueden haber sufrido más desviación en su ocupación, el Decreto Ley aprobado hoy habilita un procedimiento extraordinario para la reducción individualizada de los módulos aplicables en este régimen a los establecimientos que hayan tenido a lo largo de 2020 una ocupación mediana inferior al 18,5 % de sus plazas, siempre y cuando la ocupación mediana del conjunto de los establecimientos explotados por el mismo sujeto pasivo sea inferior también a este 18,5 %.

De cara a la liquidación del impuesto correspondiente a la actividad de 2021, el Govern también ha suprimido este año el ingreso por anticipado que otros años se tenía que realizar en septiembre en el régimen de estimación objetiva —como ya se hizo para 2020?, de forma que se tendrá que efectuar en 2022, tal y como estableció el Decreto Ley 1/2021 validado por el Pleno del Parlamento a finales del pasado mes de febrero.

Junto con esta medida, este año también se ha facilitado la posibilidad, para los empresarios que lo decidan, de cambiar de régimen de estimación, con una ampliación del plazo para pasar del de estimación objetiva al de directa, y a la inversa. Hasta ahora, se tenía que elegir el régimen antes del 31 de diciembre del año anterior, y permanecer dos ejercicios en el mismo régimen. Este año se puede realizar el cambio hasta el 31 de marzo y la permanencia en el régimen elegido será solo de un año.

Por otra parte, el Decreto Ley introduce otra medida específica en el ámbito de la tasa fiscal sobre el juego, para evitar una carga tributaria desligada de la actividad real, e introduce una bonificación temporal, vinculada al reciente periodo de cierre debido a la COVID-19. En concreto, se establece una bonificación del 75 % en el pago de la fracción del segundo trimestre de 2021 de la tasa sobre el juego en determinados casos (máquinas recreativas o de azar), a los que en circunstancias normales se aplican cuotas fijas anuales que se abonan independientemente de su actividad.