La multa fue impuesta a la conductora con un cinemómetro móvil y se cuestionaba su validez. | ARCHIVO

El margen de error de los radares de tráfico son un «parámetro de calidad» y no un fallo que permita cuestionar las mediciones. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Balears avala la efectividad de los cinemómetros a la hora de establecer sanciones y multas por exceso de velocidad. La Sala ha revocado una sentencia de un juzgado de lo Contencioso que, en base a esos márgenes de error, había anulado la sanción a una mallorquina que fue cazada en una autovía de la Península cuando circulaba a 162 kilómetros hora.

La primera sentencia ordenaba una nueva resolución del centro automatizado de multas de la DGT, que está en León. Consideraba que se debió tener el margen de error del aparato y lo fijaba en un siete por ciento. Así, la conductora que corría por la autovía de Ávila a Salamanca se ahorraba el pago de la sanción de 300 euros y la pérdida de dos puntos del carné.

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Sin embargo, la Abogacía del Estado apeló en contra de la resolución. El TSJIB corrige la sentencia, primero en torno al margen de error a valorar. Señala que hay que tener en cuenta la desviación concreta de cada aparato. En este caso, es negativa y de un 3,1 por ciento. Es decir, que marca menos velocidad que la real a la circula el automóvil. «Hay que sumar, por lo que la velocidad a la que circulaba de forma real es de 167,15 kilómetros por hora, lo que no afectaría a la sanción porque continuaría en los mismos límites del cuadro de sanciones». La conductora sigue en la horquilla entre 150 y 170 que le implica la multa de 300 euros. «Los márgenes de error son un parámetro de calidad para calificar el cinemómetros como apto o no apto. Es más, la velocidad captada permite una horquilla de errores tanto negativos como positivos». Así, estima el recurso de la afectada y valida la multa.

Este tipo de sanciones casi automáticas han sido objeto de sentencias en sentidos dispares por parte de juzgados de lo Contencioso de toda España. En Balears, esta es una de las primeras resoluciones en las que interviene el tribunal y fija un aval a las tecnologías de medición.