Conflicto. En el caso de conflicto ante una decisión que afecta a la patria potestad de un menor, como ocurre con las vacunas, está regulado un procedimiento especial de jurisdicción voluntaria. | MANOLO BARRO

Un juzgado de Primera Instancia de Manacor desautoriza a una madre antivacunas y permite que el padre decida si pone al menor la vacuna de la COVID y otras cuatro dosis del calendario oficial que la mujer no consideraba necesarias. El auto de la jueza responde a una solicitud del padre ante el conflicto que existía entre los criterios que mantenían los dos progenitores sobre la vacunación del menor, que tiene doce años de edad. Las tesis que planteó la madre en el juzgado provenían, según dijo, de que «se había documentado en internet», a través de páginas web que, según el auto, «ofrecen un postulado acientífico y negacionista del efecto beneficioso de las vacunas».

Además añadía argumentos contra la vacuna como que es experimental o que no está certificada. La jueza desmonta estos razonamientos: «El Ministerio de Sanidad, la Agencia Española del Medicamento y la Agencia Europea del Medicamento especifican los estudios en los que se ha basado la autorización y, no solo eso, sino que en sus webs aparece un link de acceso a esos estudios científicos». Más adelante, continúa: «Una autorización de emergencia no significa una decisión improvisada o sin conocimiento de causa; al contrario, implica una revisión extremadamente rigurosa de que la vacuna ha sido probada en millones de personas».

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El propio menor compareció en el juzgado y manifestó que quería vacunarse, aunque le pesaba que su decisión chocara con la voluntad de su madre. La progenitora sostenía que lo decía por temor a su padre, pero el auto también lo rechaza: «El menor fue claro: se quiere vacunar. Se ha informado, conoce la opinión de su madre pero, pese a ello, quiere vacunarse». La resolución se apoya en un caso similar en Barcelona donde dos menores no se querían vacunar y, a pesar de ello, se autorizó a uno de los progenitores a hacerlo al considerarse lo más beneficioso para los adolescentes.

Así, la decisión de la jueza se basa en que la madre no ha proporcionado ningún motivo que haga pensar que la vacunación es mala para el menor: «No se ha acreditado el perjuicio, cuya carga de la prueba correspondía a la madre, que era quien lo alegaba, sino que el menor solicita ser vacunado». En torno al resto del calendario, los argumentos de la madre también eran los clásicos de un antivacunas como el autismo. La madre decía que no se oponía a las vacunas, pero que quería acceder a la ficha técnica de una de ellas antes de dejar que se le administrase a su hijo. La jueza le reprocha que no haya hecho nada para conseguir ese documento en tres años y concluye: «Se desconoce la capacidad que podría tener una madre sin formación sanitaria alguna para realizar un análisis crítico y sustentado en criterios médicos para decidir».

Una jueza deja a un padre vacunar a su hijo contra la COVID pese al criterio de la madre. Leer más.

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