El exconseller de Interior José María Rodríguez. | Europa Press

El Tribunal Supremo deja a José María Rodríguez, figura clave del PP de Balears durante décadas, al borde del ingreso en prisión. El Alto Tribunal ha rechazado de forma íntegra el recurso de casación impulsado por su defensa contra la condena de tres años y medio de cárcel que le impuso la Audiencia en el ‘caso Over’. A pesar del trascurso de más de tres años desde la primera sentencia, el Supremo no rebaja ni un mes de la condena al exconseller de Interior, exconcejal de Palma y exdelegado del Gobierno en Balears, entre otros cargos. La pena es de obligado cumplimiento.

El ingreso en prisión de Rodríguez espera ahora a que la resolución del Supremo llegue a la Audiencia de Palma y ésta ordene la ejecución de la pena. Con todo, la defensa podría plantear alguna posibilidad para suspender o aplazar el cumplimiento de la pena, como la petición de un indulto o la interposición de un recurso de amparo ante el Constitucional. En cualquier caso, el margen es muy reducido ante la firmeza de la sentencia.

Rodríguez fue condenado por delitos de fraude, malversación y falsedad por unos hechos cometidos hace 18 años, en 2004. La sentencia de la Audiencia consideró demostrado que en ese momento otorgó un contrato a la empresa Over Marketing, del empresario Daniel Mercado, como compensación por unos trabajos llevados a cabo en negro para la campaña electoral del PP en 2003. En el juicio, el exdelegado del Gobierno se encontró en solitario ante las confesiones del expresident Jaume Matas y de Mercado. Así, el primero aceptó una condena de 1,5 años de prisión y el segundo de tres meses.

El contrato otorgado a Over por la Consellería apenas se llegó a desarrollar. Supuso el pago de 9.800 euros a la empresa por un diseño de imagen para la policía turística. La Audiencia y ahora el Supremo consideran demostrado el papel de Rodríguez en esa trama ante su puesto de responsabilidad en el Partido Popular y en esa campaña. El caso estaba también vinculado con la ‘caja b’ del PP de Matas que fue reconocida por su cuñado, Fernando Areal, en un juicio anterior.

Para el Supremo estos pagos en negro durante la campaña quedan demostrados. «Consta corroborado que participaba en la gestión económica de la campaña electoral de 2003, realizando ciertas compras, precisamente a empresas del grupo Mercado, por importes no desdeñables y realizando pagos en metálico». El tribunal avala de nuevo el valor como prueba de cargo de la declaración de otros investigados, en este caso Matas y Mercado. Entiende que su versión está corroborada por otros hechos y por pruebas como la falta de justificación de los trabajos. «No se advierte qué ventaja podría haber obtenido el coacusado Mercado, señalando al ahora recurrente como la persona con la que despachaba los asuntos ordinarios de la campaña y como quien, en una ocasión, le abonó como pago dinero metálico», añade.

El tribunal también rechaza aplicar una mayor rebaja en la extensión de la condena a Rodríguez por los retrasos acumulados tras la sentencia de la Audiencia Provincial que tardó un año en llegar al Supremo y ahí ha esperado otros dos años en tener respuesta. La sentencia considera que no es aplicable una nueva rebaja de la condena ya que inicialmente se le reconoció ya un atenuante de dilaciones indebidas. Rodríguez también estuvo investigado en el ‘caso Cursach’, que se archivó para él sin que haya tenido que ser juzgado.