El vicepresidente Manuel Chaves se dirige a los miembros del Senado. | Javier Lizón

El Tribunal Supremo revocó ayer la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de ordenar al Consejo de Gobierno andaluz la apertura de un expediente sancionador al ex presidente andaluz Manuel Chaves en relación con las ayudas recibidas por la empresa Matsa, de la que su hija era apoderada.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, reunida ayer para deliberar sobre este asunto, adoptó esta decisión al estimar el recurso de casación que interpuso la Junta de Andalucía contra la sentencia del TSJA.

Sin legitimación

El Supremo considera que los recurrentes ante el TSJA (el secretario general del PP de Andalucía, Antonio Sanz Cabello, entre otros) carecen de legitimación para interponer ese recurso y por ello da la razón a la Junta de Andalucía.

El pasado 15 de enero, el TSJA, tras estimar un recurso del PP, ordenó abrir un expediente sancionador a Chaves (actualmente vicepresidente del Gobierno) por no inhibirse en la concesión de una ayuda a Matsa.

La sentencia consideraba «arbitrario e injustificado» el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno el 31 de julio de 2009 en el que decidía no incoar expediente sancionador y archivar las actuaciones previas a que dio lugar un escrito presentado por el PP.