El español Juan Antonio González y la hispano-argentina Elsa Saint Girons posan junto a su hija, Cayetana, en el apartamento que han alquilado en Nueva Delhi. | Efe

Con apenas mes y medio de vida, Cayetana es apátrida: su padre es español y su madre hispano-argentina, pero como nació de un vientre de alquiler, ni Madrid, ni Buenos Aires le dan la nacionalidad ya que solo reconocen la nacionalidad de la madre gestante, una mujer india.

Juan Antonio González y Elsa Saint Girons aseguran que probaron de todo durante nueve años para poder ser padres; ella se sometió a siete tratamientos de fertilidad, fue operada del útero, perdió un hijo en un embarazo e incluso tantearon la adopción.

«Dijimos: se terminó el problema, vamos a algo seguro», relató González en entrevista con Efe en una vivienda del sur de Nueva Delhi alquilada de manera temporal por el matrimonio, que reside normalmente en Madrid.
Animada por varios casos de éxito, la pareja contactó con una clínica privada india especializada en reproducción asistida, y tras algunas gestiones comenzó el año pasado el proceso con una «madre de alquiler» de este país.

Ilegal

La práctica es ilegal en España y en Argentina, pero está permitida en la India, donde a la espera de mayor regularización es muy común debido a unos precios relativamente más bajos que en otros lugares y a la existencia de buenos profesionales.

Cada año cientos de parejas o personas solteras recurren en el país asiático a estas mujeres, que aceptan que se les implante un óvulo fertilizado en su útero con el objetivo de dar a luz a un niño que será criado por los interesados.
Así, el pasado 16 de mayo, Cayetana nació en el hospital delhí Fortis La Femme, que tras comprobar el contrato de subrogación estableció como padre a González, fuente de los espermatozoides que fecundaron el óvulo, y como madre a su esposa Elsa.

La Embajada española en la India defiende que la partida de nacimiento de la niña, pese a estar respaldada por la preceptiva compulsa de la Convención de la Haya, es «inválida» porque no recoge la identidad de la madre gestante, según la cónsul, Paloma Serra.

La legación exige que el documento «identifique claramente a la persona que dio a luz, para poder determinar la filiación materna», aunque este punto -alegó el padre- no fue detallado en la hoja de documentos requeridos inicialmente para inscribir a la menor.

«En cualquier tipo de nacimiento el registro debe ser investigado, (para saber) quién fue la madre», justificó Serra.
El hospital, por su parte, se ha negado a cambiar la partida de nacimiento para añadir a la madre de alquiler, y cualquier modificación jurídica del documento podría tardar un mínimo de tres años, según un abogado consultado por la pareja.