Los instrumentos híbridos de capital (participaciones preferentes y deuda subordinada) se canjearán a precio de mercado más una diferencia máxima de un 10%, tal y como ha anunciado el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, De Guindos ha explicado además que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) podrá imponer un canje determinado y «más severo» si considera que la absorción de pérdidas por parte de los acreedores ha sido insuficiente.

De esta forma, los titulares de preferentes y deuda subordinada se verán obligados a asumir parte de las pérdidas de una entidad en crisis con el objetivo de reducir al máximo posible el coste de la reestructuración para el contribuyente.

De Guindos ha explicado que se determinará en términos de valor presente el descuento aplicado y se sustituirá por otro producto diferente como acciones, bonos o depósitos.

De hecho, las operaciones podrán consistir en ofertas de canje por instrumentos de capital de la entidad de crédito; recompra mediante abono directo en efectivo o condicionado a la suscripción de instrumentos de capital o cualquier otro producto bancario; reducción del valor nominal de la deuda y amortización anticipada a valor distinto del nominal.

En cualquier caso, según De Guindos, los nuevos productos serán «más simples y mucho más transparentes», al tiempo que permitirán a los tenedores ser conscientes de forma «fehaciente» de sus instrumentos.

Lo fundamental, según De Guindos, es minimizar el impacto en los recursos públicos y garantizar la prelación de los depositantes de las entidades. El principio que se aprueba es el que ya está incorporado en la normativa europea de ayudas de Estado.

Por otro lado, el Gobierno ha introducido en el Decreto Ley una serie de restricciones para la comercialización de estos productos a futuro para garantizar la protección de los inversores minoristas.

El titular de la cartera de Economía ha explicado que la comercialización en los últimos años no ha sido «la más adecuada» para los ahorradores individuales, que compraban productos «complejos» con una rentabilidad alta, pero con un riesgo «elevado» que, en ocasiones, no se explicó lo suficiente.

PROTEGER A PEQUEÑOS INVERSORES
Con la nueva normativa, el Gobierno pretende proteger a los «pequeños ahorradores» y elevar la transparencia estableciendo «luz y taquígrafos» en todos estos productos y tomando «todo tipo de cautelas».

El objetivo de la nueva norma es desincentivar su comercialización, por lo que ahora se exigirá un tramo mínimo para inversores profesionales del 50% y una inversión mínima de 100.000 euros en sociedades no cotizadas y de 25.000 euros en las cotizadas.

Además, se refuerzan los poderes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en la comercialización y se pedirá a los clientes minoristas no idóneos que escriban de «su puño y letra» que han sido advertidos de que el producto no es conveniente.