GRA390. BARCELONA , 03/11/2014.- El expresidente Josep Lluís Núñez (c) muestra la insignia de oro de los 25 años de la asociación de veteranos, durante el homenaje ofrecido hoy a los jugadores supervivientes que vistieron la zamarra azulgrana en los años 40, así como a los que formaron parte del equipo de las 'Cinco Copas', en un emotivo acto impulsado por la Agrupació Barça Jugadors. EFE/Toni Albir EL BARCELONA HOMENAJEA A LOS JUGADORES DE LOS AÑOS 40 Y DE LAS 'CINCO COPAS' | TONI ALBIR

La Audiencia de Barcelona ha ordenado al constructor y expresidente del FC Barcelona, Josep Lluís Núñez, ingresar en prisión «dentro del plazo de diez días» después de desestimar su recurso de súplica en el que pidió suspender su entrada en la cárcel mientras el Gobierno no se pronuncia sobre su petición de indulto.

En un auto, la Sección Novena de la Audiencia deniega esta petición de Núñez, que fue condenado a dos años y dos meses de cárcel por su implicación en una trama de sobornos a altos cargos de Hacienda para eludir impuestos, conocido como 'caso Hacienda'.

Núñez -al que el Tribunal Supremo rebajó la condena de seis a dos años por dilaciones indebidas- fue condenado por un delito de cohecho por el que, además de la cárcel, se le impuso una multa de 1,5 millones de euros e inhabilitación para cargos públicos durante siete años.

La Audiencia resalta ahora «la prevalencia del interés público en la pronta ejecución de una sentencia que es firme y que debe ejecutarse cuanto antes», recuerda la gravedad del delito continuado de cohecho activo y que contra esta resolución ya no cabe recurso.

«Se trató de conductas objetivamente graves con importante trascendencia institucional y con indudable reproche social», argumenta la resolución del tribunal, que incide en que Núñez utilizó se excelente y privilegiada posición social y poder económico empresarial para delinquir.

El tribunal cita a Hegel para recordar que «cuando se comete un delito, su autor perturba la conciencia jurídica de la comunidad a la que pertenece y ofende a todos», e insiste en que cuando está relacionado con la recaudación de impuestos, la ofensa a la comunidad se agrava.

«Se acentúa por quienes se muestran insensibles e insolidarios con los demás contribuyentes y anteponen su lucro personal, privado, máxime cuando ello repercute negativamente en las prestaciones sociales y va en detrimento de los servicios públicos, resintiéndose la comunidad y en especial los segmentos o capas de la población menos favorecidos con sufridos recortes de servicios básicos», añade.

También insiste en que el empresario «no ha dado la menor muestra de arrepentimiento o contrición» y alude a que no solo no reconoce el delito sino que recientemente ha hecho un comunicado a través del grupo empresarial Núñez y Navarro autojustificándose, según el auto.

«Presentándose ante la opinión pública poco menos que como víctima de una injusticia», incide la Audiencia, que por eso cuestiona que Núñez esté rehabilitado y reinsertado ya que no asume la responsabilidad por lo que hizo.

El tribunal insiste en que «quien no asume la responsabilidad por los hechos cometidos, quien verbaliza y publicita con ostentación tipográfica el repudio al castigo penal no parece que muestre un comportamiento propio y predicable de persona reinsertada».

Escasa posibilidad de indulto

Por otra parte, al igual que hizo en resoluciones anteriores, el tribunal ve escasas posibilidades de que el Gobierno conceda el indulto al empresario «dada la naturaleza y la gravedad de las conductas enjuiciadas» y recuerda también que la petición del mismo no conlleva un directo derecho a la suspensión de la entrada en prisión.

Respecto a la avanzada edad y estado de salud de Núñez a la que aluden sus abogados, la Audiencia afirma que tendrá que ser Instituciones Penitenciarias quien lo valore.