Hacer una lista de productos deseados según el presupuesto disponible para evitar compras compulsivas y comparar precios son algunas de las recomendaciones que la Dirección General de Consumo ha publicado este viernes para aprovechar las rebajas de invierno.

Ante la llegada de este periodo, en una nota de prensa la Dirección General de Consumo incide en que tiene que constar el precio original al lado del rebajado, o bien el porcentaje de la rebaja.

Además, recomienda examinar el producto, que ha de tener la misma calidad (sin defectos) y la misma garantía que tenía con el precio sin rebajar. Los productos rebajados tienen que estar diferenciados del resto.

Por otro lado, es recomendable conservar el tiquet de compra o la factura, ya que es su garantía. Si se detectaran defectos en el producto, es necesario dirigirse al establecimiento donde se adquirió y presentar dicho documento.

Paralelamente, la DG de Consumo ha recordado que la publicidad es vinculante y por ello los consumidores pueden exigir que se cumpla lo que anuncia; por tanto, cabe guardar la publicidad del producto junto con sus características, instrucciones y catálogos comerciales.

Otra recomendación tiene que ver con hacer un uso moderado de la tarjeta de crédito. Además, Consumo aconseja comprobar si el establecimiento admite tarjetas de crédito como forma de pago habitual, ya que si las admite, también tiene que admitirlas durante el periodo de rebajas.

También es recomendable informarse sobre la posibilidad de cambiar el producto, ya que el establecimiento no tiene la obligación de cambiar un producto que esté en perfecto estado, a menos que así lo anuncie.

Si hay algún problema con la compra, el consumidor puede solicitar la hoja de reclamación en el establecimiento. «En el periodo de rebajas solo se rebajan los precios, no los derechos», ha incidido la Dirección General, que considera una garantía comprar en un comercio que esté adherido a una junta arbitral de consumo.

Finalmente, la Dirección General de Consumo alerta de que los artículos rebajados deben haber sido incluidos anteriormente -durante un periodo mínimo de un mes- en la oferta habitual de ventas.

Además, las fechas de rebajas tienen que exhibirse en los establecimientos comerciales en un lugar visible al público, y las reducciones de los precios deben consignarse haciendo figurar de manera clara el precio habitual y el reducido o el porcentaje del descuento.

No pueden ser objeto de rebaja los productos deteriorados, con desperfectos, obsoletos o que presenten cualquier tara en comparación con el mismo producto original puesto a la venta. Tampoco pueden ponerse a la venta durante las rebajas unidades de producto adquiridas con esa finalidad.