El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 11 años y medio de prisión al líder de la célula islamista 'Brigada Al Andalus' y expreso de Guantánamo, Lahcen Ikassrien, así como las impuestas a otros ocho integrantes de este grupo por la Audiencia Nacional por captación, adoctrinamiento y envío de combatientes a Siria.

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado íntegramente los recursos presentados por los nueve condenados y ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional del 28 de septiembre de 2016 en la que afirmó que la célula era una «auténtica plataforma de envío de combatientes yihadistas».

La mayor pena recae en Ikassrien, alias 'Hassan', -11 años y seis meses de prisión- por el delito de integración en organización terrorista en calidad de dirigente y falsedad en documento oficial. Las condenas a ocho años de cárcel por el delito de integración en organización terroristas de cada uno de los otros ocho acusados - Nabil Benazzou, Mohammed Bouyakhlef, Mohamed Khalouk, Abdeslam el Haddouti, César Raúl Rodríguez (alias 'Omar El Argentino'), Oialae Chergui, Younes Zayyad y Deniz Ibryam,-también han sido confirmadas.

La 'Brigada Al Andalus' estaba localizada principalmente en Madrid desde 2011 y 2014, «integrada» en las franquicias de Al Qaeda, y sus miembros tenían un permanente contacto no sólo personal y directo, sino a través de las redes sociales, y de las conversaciones telefónicas.

En el relato de hechos de la sentencia confirmada se explica que los acusados realizaron apología «sistemática, continua, exclusiva y focalizada» en organizaciones vinculadas a Al Qaeda en el conflicto sirio a través de la red social Facebook y facilitaban la audición y el visionado de «numeroso» material videográfico incautado en sus domicilios.

Asimismo, la resolución describe que «todos ellos experimentaron un proceso de radicalización y adoctrinamiento, planificado en distintas fases». En la última fase, Ikassrien dirigía «diversas reuniones» para transmitirles ideas religiosas y políticas «justificadoras del ideario y de las acciones» de las filiales de Al Qaeda en el conflicto sirio -como Al Nusrah y Estado Islámico- y la «necesidad de participar activamente e incorporarse como integrantes de las mismas».

Según la sentencia, el expreso de Guantánamo -recluido en la base militar estadounidense entre 2002 y 2005 y fue absuelto en 2006 por la ausencia de vínculos con Al Qaeda- era considerado el «referente ideológico» del grupo y, por ello, le mostraban «respeto», convirtiéndose en una «pieza básica en la transmisión de ideas que justificaban y alababan la lucha armada por sus experiencias vividas en el pasado».

El Tribunal Supremo recuerda que la 'Brigada Al Andalus' se dividía en dos: por un lado, en un núcleo directivo y un núcleo operativo y, por otro, las personas captadas por los mismos y que estaban llamadas a desplazarse a Siria, entre los que se encuentran los que se habían dedicado al adoctrinamiento.

El núcleo directivo lo formaba Ikassrien, entre otros, que participó, como mínimo, en dos de las reuniones de adoctrinamiento y de la «posibilidad de participar» en la 'Yihad' celebradas en una finca propiedad del suegro de Benazzou en Santa Cruz de Pinares (Ávila), en septiembre y diciembre de 2013. También, se realizaron otros encuentros con el mismo fin en una tetería de Torrejón de Ardoz (Madrid), en noviembre de 2013, y otra en una vivienda sita en el pantano de El Atazar, en mayo de 2014.