La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha citado mañana y el viernes al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, al que fuera su vicepresidente, Oriol Junqueras, y otros 12 consejeros del Govern para tomarles declaración en el marco de la querella presentada por la Fiscalía General del Estado contra todos ellos por los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos. En el marco de estas mismas actuaciones, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha llamado a declarar, los mismos días, a la presidenta del Parlament catalán Carme Forcadell y a los otros cinco exmiembros de la Mesa de la Cámara.

Ambos tribunales han admitido las dos querellas presentadas este lunes por el departamento que dirige José Manuel Maza. Los investigados en la Audiencia Nacional están citados a partir de las 09.00 horas; media hora más tarde los querellados --que tienen la condición de aforados por ser miembros de la Diputación Permanente de este órgano,-- ante el alto tribunal.

La querella se presenta contra un total de 20 personas por hechos que engloban todo el denominado 'procés' que concluyó el pasado 27 de octubre con la declaración unilateral de independencia (DUI). En la Audiencia Nacional deberán comparecer, además de Puigdemont y Junqueras, el exconsejero de Presidencia Jordi Turul; el exconsejero de Asuntos Internacionales Raül Romeva; el exconsejero de Salud Antoni Comín; el exconsejero de Territorio y Sostenibilidad Josep Rull; la exconsejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia Dolors Bassa i Coll, la exconsejera de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda Meritxell Borràs; la exconsejera de Enseñanza desde mayo de 2016 Clara Ponsatí; el exconsejero de Interior desde julio de 2017 Joaquim Forn; el exconsejero de Cultura desde julio de 2017 Lluís Puig; el exconsejero de Justicia desde enero de 2016 Carles Mundó; el exconsejero de Cultura y desde julio de 2017 de Empresa y Conocimiento Santiago Vila; y la exconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación Meritxell Serret.

Mientras tanto, en el Supremo declararán la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, el que fuera miembro de la Mesa hasta el pasado mes de julio y actual presidente del grupo parlamentario de Junts pel Sí Lluís Maria Corominas, los también miembros de la Mesa y diputados del mismo partido Anna Simó, Lluis Guinó y Ramona Barrufet --todos ellos miembros de la Diputación Permanente de este órgano, y por ello aforados-- y contra el secretario tercero de la misma Joan Josep Nuet, de Catalunya Sí que es Pot.

ESTRATEGIA "PERFECTAMENTE ORGANIZADA"

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela se ha declarado competente para investigar a Puigdemont y su equipo de gobierno y destaca que su auto que, conforme al relato expuesto por la Fiscalía en su querella, los hechos investigados iban dirigidos a proclamar una República catalana independiente de España en una conducta que va encaminada o dirigida a romper la organización territorial del Estado.

Destaca, además, que los querellados "urdieron una estrategia de la que habría de ser todo el movimiento secesionista, perfectamente organizada y con reparto de papeles entre las autoridades gubernamentales, parlamentarias y asociaciones independentistas Asamblea Nacional de Cataluña (ANC) y Òmnium Cultural --cuyos presidentes Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, se encuentran en prisión por un presunto delito de sedición-- que llevaron a la celebración del referéndum ilegal el día 1 de octubre y a la declaración de independencia aprobada en el parlamento el pasado 27 de octubre".

Asimismo, la juez Lamela ha incorporado esta querella a la causa en la que ya se investiga a los líderes de ANC y Òmnium, al exjefe de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero y la intendente Teresa Laplana por el delito de sedición por los acontecimientos que tuvieron lugar en Barcelona el pasado 20 y 21 de septiembre.

SE ENCUADRA EN EL PROCESO SECESIONISTA

La instructora explica en su auto que los hechos hasta ahora investigados "se encuadran dentro de todo el proceso secesionista que se describe en el escrito de querella y que las personas investigadas en los mismos formaban parte de las estructuras básicas integradas en esa estrategia diseñada y ejecutada por los ahora querellados".

Según la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, el fiscal expone en su querella de manera "seria, racional y lógica los motivos que llevan al Ministerio Fiscal a efectuar su provisional calificación como delito de rebelión que absorbería los delitos de sedición, desobediencia y prevaricación".

Por su parte, el magistrado instructor del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que fue portavoz de la asociación mayoritaria en la Carrera, la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), cita a Forcadell y los exmiembros de la Mesa de la Cámara por participar en la declaración unilateral de independencia.

El magistrado ha tomado la decisión de citarles a declarar tan sólo una hora después de que la querella hubiese sido admitida. El auto de la Sala de admisiones del alto tribunal apunta que será Llarena en el desarrollo de su investigación el que ponga de manifiesto la procedencia o improcedencia de reclamar para el Supremo, como sugiere el fiscal, el conocimiento de aquellos hechos inicialmente tramitados en otros órganos jurisdiccionales, "pero que presenten una naturaleza inescindible respecto de los que aquí van a ser investigados y, en su caso, enjuiciados".

LA INSTRUCCIÓN DETERMINARÁ SI ES CONSPIRACIÓN

Sobre los delitos denunciados en la querella, la Sala explicaba que el fiscal alude a la existencia de un delito de rebelión con una extensa argumentación encaminada a justificar la concurrencia de violencia. Para el alto tribunal, "será a lo largo de la instrucción cuando los hechos imputados, a la vista de las diligencias de investigación acordadas por el instructor confirmen o desmientan su realidad.

"Será entonces cuando pueda precisarse si esos actos son susceptibles de integrar las exigencias del tipo previsto en el artículo 472 del Código Penal o, por el contrario, han de ser subsumidos en los artículos 477 y 17.1 del Código Penal, que castigan la conspiración para la rebelión, delito en el que, por definición, los elementos del tipo proyectado no llegan a tener realidad al no superar los conspiradores la fase propiamente preparatoria".

La Fiscalía atribuye a todos los querellados el delito de rebelión al entender que los "cimientos del Estado de Derecho han sido dinamitados" con sus actos, "realizados con absoluto desprecio" a la Constitución y proclamando la independencia de una parte de la Nación española, que es "patria común e indivisible de todos los Españoles".

Añade en su querella que la violencia que requiere el tipo penal de rebelión "no exige que se esgriman armas, ni combate ni violencias graves contra las personas". "Se trata de un delito de resultado cortado o de consumación anticipada en el que es suficiente que con el alzamiento se haya producido un peligro objetivo para la consumación de los fines rebeldes", dice para justificar la atribución de este delito, el mismo por el que fueron condenados los responsables del 23-F.