Es altamente recomendable que el arrendador esté suscrito a un servicio de compensación para tratar cualquier problema derivado del impago de las rentas, la okupación de la vivienda o los posibles daños por actos vandálicos.
La mayor variedad de compensaciones y prestaciones ejecutadas por impagos
Los seguros de alquiler funcionan como cualquier póliza de seguros de decesos, del hogar o del coche. La ejecución de las compensaciones correspondientes pasa por varios filtros, se lleva a cabo un peritaje para determinar el origen y las causas del motivo que ha causado parte y se procede a comprobar si las cláusulas de la póliza son compatibles con el problema reportado. En caso de que las condiciones no se cumplan, no se ejecutará compensación alguna.
El hecho de que la ejecución de las compensaciones por impago de las rentas esté supeditada al cumplimiento de varias condiciones pone en una posición de riesgo a los propietarios, que pueden ver cómo el arrendatario incumple sus obligaciones contractuales al tiempo que no obtiene ninguna prestación por no cumplir con las formalidades incluidas en la póliza de su seguro de alquiler.
Las compensaciones por impago de las rentas del alquiler de SEAG no están supeditadas a una sentencia judicial. El mecanismo de protección por impagos se pone en marcha con un mes de carencia desde que es notificado, y actúa como protección directa frente a la problemática que genera la interrupción de la obtención de ingresos por parte del propietario que, en muchos casos, cuenta con esas cantidades para cumplir con sus obligaciones financieras.
«Los tiempos son cruciales cuando se trata de ejecutar la prestación por impago, y es que no hay que olvidar que se trata de un dinero que, por contrato, el propietario tiene derecho a percibir, dado que ha puesto en arrendamiento legal su vivienda. No percibir la cantidad estipulada en el mismo supone un incumplimiento contractual, y debe subsanarse el problema lo antes posible», apuntan los expertos.
Pero la naturaleza del impago puede ser diferente y, dado que puede ser una problemática compleja, lo que propone SEAG es compensar los meses impagados al arrendador mientras su situación se solventa. Por eso, SEAG pone a disposición del propietario un servicio completo de asesoría jurídica integral, que le acompañará durante todas las fases del procedimiento para reclamar por la vía judicial su vivienda y poder recuperarla.
Es decir, las prestaciones por impago son más rápidas, más completas, más eficaces y se adaptan a los distintos tipos de contratos de alquiler del arrendador, ya que se puede estar hablando de un contrato de alquiler de larga duración, por habitaciones o de temporada. Por eso, son mucho más recomendables las compensaciones que la Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG) pone en marcha al mismo tiempo que brinda una cobertura jurídica y legal total al afectado.
La importancia de obtener asesoría jurídica y legal en materia de vivienda
SEAG no tiene la consideración de compañía de seguros, dado que es una compañía especializada en servicios de asesoría jurídica en materia de vivienda, y su equipo lo compone, en su mayoría, abogados especializados en derecho inmobiliario con años de experiencia a sus espaldas en este ámbito.
El servicio que proporciona SEAG ayuda a los propietarios que se ven en dificultades a sobrellevar una situación en la que son las principales víctimas. Y, al no disponer de toda la información relativa al procedimiento judicial necesario para solicitar formalmente la recuperación de la vivienda, resulta primordial contar con el apoyo legal y jurídico que SEAG ofrece.
Brindándole esa ayuda, resulta mucho más fácil que el afectado pueda proceder con la recuperación de la casa. SEAG mantendrá la compensación hasta el final del proceso. En el momento la casa sea recuperada, el propietario podrá volver a disponer de ella, con la diferencia de que no contará con la problemática económica, facilitando la vida de los afectados al proveerles de soluciones eficaces, ágiles y que responden realmente a las necesidades de quienes se ven en esta tesitura.
Contratar una garantía de alquiler temporal es posible para aquellos que prefieran arrendar su vivienda con un contrato de alquiler de temporada, tal y como explica en su post sobre cómo alquilar una vivienda por temporadas el equipo de nosolopymes.com, que también insiste en la necesidad de entender el mercado del alquiler para poder sacar la máxima rentabilidad a la vivienda, así como otros consejos sobre el estado en el que debe encontrarse la propiedad en el momento del alquiler y cómo han de gestionarse los tiempos, dado que, al no ser un alquiler de larga duración, los factores que pueden influir en el beneficio potencial de la vivienda pueden alterarse.
«En SEAG contamos además con una serie de prestaciones adicionales que pueden ofrecer una mayor tranquilidad a nuestros usuarios, llegando a compensar los impagos de suministros hasta en 1.500 euros, fijando un porcentaje realmente bajo, de no más del 0,25% sobre la renta anual, al poner en marcha esta compensación», explican desde SEAG.
Además, los costes derivados de las reclamaciones judiciales corren a cargo de SEAG, por lo que el problema de los costes adicionales es inexistente para el propietario. Esto permite que el foco se ponga en solucionar el problema cuanto antes, y se dejen de lado vicisitudes que pueden llegar a afectar al arrendador al no poder encontrar una solución factible.
«Nuestros clientes, que en gran medida son agencias inmobiliarias situadas en varias ciudades de la geografía española, se pueden beneficiar de una facilidad adicional: el pago fraccionado de la Garantía Anual, que puede abonarse en 12 cuotas y al que también se le aplica un porcentaje súper reducido del 0,25% sobre la renta anual», explica SEAG. «También disponemos del servicio de cobro puntual, así como de SEAG Plus, que suprime las carencias, compensa impagos si se llegan a producir subarrendamientos, y aplica todas las condiciones en casos de okupaciones ilegales», añaden.