La sentencia de la Audiencia de Navarra, condenando a nueve años de cárcel a los cinco miembro de La Manada, ha desatado indignación y protestas en amplios sectores sociales, comenzando por las organizaciones feministas, que consideran muy suave esta decisión. El tribunal ha considerado, de forma salomónica, que existieron abusos sexuales pero no violación, ya que no medió violencia física. Los jueces sólo admiten la existencia de ‘prevalimiento’ porque eran cinco hombres y que la víctima se sintió atemorizada. Pero miles de indignados con la sentencia gritaban ayer por las calles de España: «¡Es violación, no abuso!».

El bien jurídico a proteger.
El siglo XXI ha entrado con fuerza en el devenir humano como la etapa en la que la mujeres están alcanzando la plena igualdad, respeto y autoestima. Cualquier vestigio de machismo en la actual centuria ha de concebirse como un regreso al pasado más negro y reaccionario. El bien jurídico a proteger en el caso de La Manada es la dignidad de una mujer que fue forzada a hacer actos sexuales, uno tras otro, con un grupo de hombres, sin su consentimiento. Sólo una concepción atrasada de las relaciones sexuales puede ver atenuantes. Y a ello hay que añadir que uno de los magistrados llega a considerar que no se produjeron tales abusos dada la aparente aceptación de la chica.

El concepto de violencia.
Sorprende que no se considere violencia que cinco hombres rodeen a una mujer y mantengan con ella relaciones sexuales no consentidas. La violencia es patrimonio del que tiene la fuerza. Jamás del débil que no tiene con qué defenderse. Las mujeres de España se han se sentir a partir de hoy menos protegidas y menos valoradas. El otro trasfondo de este caso es la cobardía del fuerte. Cinco individuos actuando en grupo para someter la libertad sexual es un acto de cobardes realizado en pleno siglo XXI, cuyo valor primordial es que la libertad es sagrada.