El contenido de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la regulación de las corridas de toros aprobada por el Parlament balear no puede considerarse una sorpresa. Los cambios ‘a la balear’ de los espectáculos taurinos que implican la muerte del animal contravienen las normas estatales dictadas, precisamente, para su preservación.

Este marco legal era conocido por los promotores de la ley autonómica, un gesto del Govern para con sus socios que ha acabado como estaba previsto desde que el Gobierno central interpuso el correspondiente recurso. El fallo del Constitucional, en el que figuran cuatro votos particulares, tumba la gestualidad del Pacte ante el movimiento animalista, muy activo en su oposición a las corridas de toros.

Espectáculo minoritario

El número de corridas que se organizan cada año en Balears es, en la práctica, testimonial. En Eivissa y Formentera, inexistente. Unas pocas en el Coliseo Balear palmesano, con regular afluencia de público, y aquellas que se organizan con motivo de fiestas patronales en recintos que con dificultades cumplen con las exigencias mínimas.

La afición por los toros en las Islas está en retroceso, aunque ello no significa que no deba respetarse. El Govern pretendía un engaño legal que el Constitucional ha tumbado. Las corridas de toros tienen unas características que las definen y que deben cumplirse.

Corriente social

La iniciativa del Govern pecó de una espectacularidad innecesaria. En Balears las corridas de toros están languideciendo y su final está próximo por distintas razones. Una de ellas, y probablemente la más importante, es la progresiva desaparición de una cultura taurina que precisa de una continuidad en la celebración de espectáculos que no existe desde hace décadas.

Exigir que se cumplan todas las regulaciones existentes en la celebración de las corridas es una competencia en la que el Govern puede y debe actuar. La eficacia en la protección animalista requiere de habilidad política. Y no de puros brindis al sol.