Una imagen de archivo del Hospital de Formentera.

Sa Unió ha presentado al próximo pleno del Consell Insular de Formentera una propuesta de acuerdo para que el Pleno inste al Gobierno de las Islas Baleares a aplicar la exención del conocimiento de la lengua catalana contemplada en la «Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública» para solucionar la fuga de profesionales sanitarios e incentivar la llegada de nuevos profesionales. Promoviendo al mismo tiempo, el aprendizaje del catalán entre los profesionales sanitarios recién llegados como un mérito y no como una obligación.

«La saturación de los servicios sanitarios en hospitales y centros de salud es más que evidente. Esta exigencia legal como requisito indispensable, y no como mérito, está provocando que muchos de estos profesionales, - personal médico, enfermeros y resto de profesionales sanitarios-, estén optando por marcharse a otros destinos. Además, estamos limitando que profesionales de otras comunidades no catalanoparlantes vengan a nuestras islas a trabajar, afectando a la calidad de la prestación asistencial sanitaria y provocando un grave perjuicio a los vecinos de las Islas, sobre todo de Formentera», ha señalado Llorenç Córdoba, portavoz de Sa Unió en el Consell.

En la Ley 4/2016 de 6 de abril, en el apartado 3.º de la disposición transitoria segunda, se dice literalmente: Excepcionalmente y cuando la prestación asistencial pueda resultar afectada por la carencia o insuficiencia de profesionales, o cuando se tengan que contratar investigadores o científicos de ámbito nacional o internacional, las convocatorias de selección y movilidad que afecten determinadas categorías de personal estatutario o laboral, pueden eximir los requisitos de conocimientos de la lengua catalana exigidos por esta disposición transitoria, siendo el órgano competente en materia de planificación de recursos humanos del Servicio de Salud de las Islas Baleares o de la entidad correspondiente, que emitirá preceptivamente informe sobre la vigencia y la extensión de la exención mencionada.»