El Ayuntamiento de Eivissa ha aprobado este martes en un Pleno municipal la ordenanza que regulará la celebración de matrimonios civiles y eventos en el Consistorio. Según han explicado, desde que se empezaron a celebrar bodas en 1995 en el Salón de Plenos municipal, ha ido creciendo el número de personas que solicitan organizar este tipo de acontecimientos en estos espacios públicos.

Este hecho ha propiciado, según fuentes municipales, la presentación y posterior aprobación de una nueva regulación del servicio para que se adapte a los nuevos requisitos y condiciones y para que establezca los derechos y deberes de los contrayentes y de las personas que quieran celebrar actos de esta índole.

Así, las bodas civiles se celebrarán preferentemente en el Salón de Plenos, previa presentación de las solicitudes y permisos pertinentes y el pago de una tasa.

Los contrayentes podrán solicitar otro espacio de titularidad pública municipal, como el Claustro del Convento de los dominicos o los baluartes de Santa Llúcia, Sant Pere, o Santa Tecla.

Esta moción ha sido aprobada por unanimidad. La ordenanza contribuirá a promocionar Vila como un destino para celebrar bodas y otros acontecimientos en espacios históricos.

La nueva ordenanza municipal establece, entre otras cuestiones, que Alcaldía fijará el día y la hora para celebrar la boda, una vez que se hayan cumplimentado los requisitos exigidos, aunque se intentará hacer coincidir el evento con la fecha elegida por los contrayentes.

También señala que la ceremonia durará como máximo 20 minutos y se permitirá organizar un aperitivo, de pie y con música, que no podrá superar los 50 decibelios en horario diurno y los 45 en horario nocturno. Los residentes en Vila disfrutarán de un descuento del 50% en las tasas.

Por otra parte, en el Pleno la Corporación también ha aprobado inicialmente el Reglamento de uso de la casa de colonias de Can Tomeu, una finca propiedad del Ayuntamiento en la que existe una construcción tradicional ibicenca del S.XVII.