El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma de Mallorca declara «disconforme a derecho» la licencia que se concedió para la demolición de Ca ses Castellones.

En esta sentencia, contra la que cabe interponer recurso, se estima que el entonces Ayuntamiento de Formentera [gobernado por PREF y PP-GUIF] «debió abstenerse de conceder la licencia, más al tener constancia de que Francisco Mayans Castelló es propietario del remanente de la finca Ca ses Castellones». A pesar de que no entra a valorar las licencias otorgadas para levantar un centro comercial en la zona porque ya existe una sentencia firme de demolición apunta que, de no estar resuelto hubiera sido declarado nulo. «El TS entiende que ello no es óbice para que esta Juzgadora se pronuncie sobre la conformidad de la misma [...] El acto administrativo hubiere sido declarado nulo por razones diferentes porque sea cual fuere el fundamento de la nulidad, el acto recurrido, en este caso la licencia de obra mayor para la edificación de un grupo de locales comerciales ha dejado de existier en la realidad jurídica, siendo por ello imposible su revisión».

Además, y frente al conflicto que surgió entre la propiedad y la promotora sobre la titularidad de la zona, la sala apunta que «el Ayuntamiento tiene que examinar y ponderar, en cierta medida, la titularidad de la propiedad jurídica». En este sentido, apunta que el Consistorio [ahora Consell] «debió, una vez examinada la titularidad que el solicitante de la licencia se atribuía sobre el terreno para el que se solicitaba la demolición, abstenerse de conceder la licencia pedida, al quedar constancia de la existencia de título contradictorio del dominio».

Por todo ello, la sentencia concluye que es «más que evidente que la Administración al resolver la licencia de demolición disponía de datos suficientes para plantearse al menos la duda sobre la titularidad de la finca urbana».

Para uno de los litigantes y propietario de una de las viviendas que se derribaron, Francisco Mayans, la licencia de demolición se dio «en base a una escritura en la que los promotores, decían tener mil novecientos y pico de metros cuando en realidad en el Registro de la propiedad aparecían mil metros».