La nueva ley de turismo de Balears permite a los establecimientos turísticos, ubicados en suelo urbano o rústico, realizar obras de «modernización» aunque no se adapten al planeamiento urbanístico. La disposición adicional cuarta de la norma establece que aquellas reformas «que tengan por objeto la mejora de los servicios y las instalaciones» quedarán «excepcionalmente» excluidas de los parámetros de la normativa territorial que impida su ejecución. También dispone que una vez efectuada la reforma, los establecimientos «quedarán legalmente incorporados al planeamiento como edificios adecuados».

Para ello, deberán contar con un informe vinculante y preceptivo de la administración turística competente, como es el Consell d’Eivissa. Al respecto, el conseller de Territori, Mariano Juan, advirtió que esta normativa no servirá para regularizar usos o actividades que no se correspondan con la licencia, ni para legalizar reformas irregulares efectuadas con anterioridad.