Obras que se iniciaron en Benirràs y que fueron paralizadas cuando el paraje aún estaba protegido. | Marco Torres

La comisión de urbanismo y patrimonio del Consell (Ciotupha) ha aprobado un informe que ahora distribuirá a los ayuntamientos sobre cómo se debe interpretar un punto concreto de la ley turística, ya que existía mucha confusión sobre si esta normativa podía servir para legalizar edificios que no contaran con licencia previa o que hubieran hecho una ampliación sin permiso. El Consell ha sido tajante en este asunto y asegura que esta nueva normativa turística no puede legalizar lo que se hubiera hecho sin permiso amparándose en la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2012 de Turismo.

El Ayuntamiento de Eivissa había hecho la consulta para que se aclarara si se tiene que dar licencia a obras en base a esta disposición adicional pese a que el edificio se encuentre en situación de fuera de ordenación o se trate de un uso prohibido por la ordenación correspondiente. Además, se pedía más claridad sobre el apartado 7 de esta disposición, que decía que «quedan legalmente incorporados al planeamiento como edificios adecuados y su calificación urbanística se corresponderá con su volumetría específica».

[Lea todos los detalles de la información en la edición impresa o en Kiosko y Más]