El decreto para zonas maduras que aprobó el viernes el Govern balear ha servido también para aclarar algunos puntos que habían quedado confusos en la ley turística y que daban pie a interpretaciones no deseadas por sus redactores. A partir de ahora, y gracias a la modificación de la disposición adicional cuarta de la ley 8/2012, se podrán legalizar obras que los establecimientos turísticos hayan hecho sin permiso siempre que también hayan realizado algún trabajo de modernización, tipo eliminar barreras arquitectónicas, instalar escaleras de emergencia o ascensores exteriores, cerrar balcones o introducir mejoras de protección medioambiental.

Todo surgió a raíz de una consulta del Ayuntamiento de Eivissa, que pidió una aclaración para saber si el apartado 7 de esta disposición, que decía que los establecimientos que hubieran realizado este tipo de obras quedaban «legalmente incorporados al planemiento como edificios adecuados» quería decir que todas las obras ilegales que hubieran hecho previamente quedaban legalizadas. La comisión de urbanismo y patrimonio del Consell d’Eivissa realizó un informe y aseguró que eso no era así, ya que consideró que la normativa turística no podía legalizar lo construido sin permiso, ya que se tenía que cumplir la ley 8/1988 de edificios e instalaciones fuera de ordenación.