La Mesa de Ordenación Turística de Formentera ha aprobado el reglamento que desarrollará la actividad y la comercialización de estancias turísticas en viviendas, de las que en un primer registro llevado a cabo se estima que hay 192 en la isla.

La consellera de Turismo y Movilidad de Formentera, Alejandra Ferrer, presidenta de la Mesa de Ordenación Turística, ha presentado hoy el reglamento acordado por los partidos políticos, de la Pequeña y Mediana Empresa, agencias de viaje e inmobiliarias que forman parte de dicho organismo, ha informado el Consell en un comunicado.

La Mesa ha establecido cuáles deben ser los requisitos opcionales y obligatorios para poder comercializar sus viviendas, teniendo en cuenta los servicios turísticos y la calidad que se debe garantizar a los turistas que elijan esta opción para alojarse en Formentera.

El reglamento definitivo se someterá a votación en el pleno del Consell de Formentera de julio.

La tipología de viviendas que se pueden adherir son unifamiliares o apareadas dentro de la misma parcela, tanto si están ubicadas en suelo rústico como urbano.

La finalidad es su comercialización para usos turísticos cumpliendo unos mínimos de calidad, para regularizar una parte de la oferta de alojamiento existente en Formentera.

Los requisitos obligatorios deberán cumplirse en su totalidad y los opcionales servirán para subir puntuación y deberán alcanzarse en un 55 %.

Entre los obligatorios para obtener la acreditación de calidad, destacan garantizar un correcto estado de conservación de la vivienda, disponer de extintores, contar con equipamiento mínimo de cocina, disponer de un botiquín de primeros auxilios, televisor, así como elaborar un manual para el turista en diferentes idiomas y contar con hojas de reclamación.

Los requisitos opcionales son el acceso a internet, disponer de piscina o ducha exterior, contar con aire acondicionado, así como ofrecer un servicio de bicicletas gratuito, entre otras prestaciones que mejoren la calidad de la estancia.

Otros requisitos establecidos en el reglamento son disponer como máximo de seis dormitorios, con un máximo de doce plazas, así como un mínimo de un baño por cada 3 plazas. Se puede establecer la obligatoriedad de las viviendas de someterse a planes de calidad.

Además, el comercializador debe garantizar la limpieza periódica de la vivienda, ropa de cama, lencería, menaje en general y reposición de este, mantenimiento de las instalaciones o servicio de atención al público en horario comercial.

Una vez se apruebe el reglamento y se inicie el periodo para legalizar viviendas destinadas a usos turísticos, se debatirán caso por caso a una comisión de la Mesa de Ordenación Turística. La acreditación tendrá una vigencia de 5 años, prorrogable.

La tasa correspondiente para la apertura de las estancias turísticas en viviendas es de 414,10 euros hasta 2 plazas y 24.84 euros por cada plaza adicional hasta un máximo de 12.

El nuevo reglamento es fruto de la entrada en vigor de la nueva ley de Turismo de las Islas Baleares 8/2012, que permite la inscripción de las estancias turísticas en viviendas.