La Infanta Cristina, en una imagen de archivo de visita en Vietnam el pasado mes de diciembre. | Reuters

El juez instructor del ‘caso Nóos’, José Castro, admite que puede resultar «hiriente» para la esposa de Diego Torres, Ana María Tejeiro, que la infanta Cristina no esté imputada por más delitos en la causa, y que, por ello, crea que está recibiendo un «trato desigual».
Y recuerda, en el auto dictado ayer en el que rechaza todos los recursos de reforma, que fue la Audiencia de Palma (en mayo de 2013), la que anuló su resolución en que la citaba otros indicios incriminatorios contra la hermana del Rey.
«Toda discrepancia jurídica, por legítima que sea, entre un juez instructor y la Audiencia Provincial se decanta siempre a favor de la segunda, y que así y es y debe ser porque lo establece el sistema de recursos previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal», subraya el juez.
Recursos
El titular del Juzgado de Instrucción 3 de Palma rechaza en un auto de 15 folios los recursos de reforma interpuestos por Diego Torres, su esposa; el expresidente del Govern Jaume Matas y del exgerente del Illesport Gonzalo Bernal, contra el escrito que cierra la instrucción de la pieza separada 25 del ‘caso Palma Arena’. En ese escrito, el juez enumera los delitos que imputa a los recurrentes, que pueden apelar, a partir de ahora, directamente ante la Audiencia de Palma.
Recuerda que fue la Audiencia de Palma la que abrió la vía de investigación sobre la esposa de Iñaki Urdangarin por blanqueo y delitos fiscales tras descartar que existieran indicios para imputarla por otros presuntos delitos de corrupción, mientras que sí los aprecia en la esposa de Torres, una decisión que él tiene «la obligación de acatar».
El magistrado destaca en el auto las 71 diferencias relativas a circunstancias «concurrentes» en el entorno de la infanta Cristina citada por Manuel González Peeters, abogado de Ana María Tejeiro, en su recurso de reforma. Una cifra que «incluso podría haber sido más abultada», precisa.
«Sin embargo», subraya, «es un grave error de bulto el pretender alcanzar la exculpación de una de ellas por el solo hecho de que la otra pudiera tener más difícil conseguir la misma pretensión».
Y añade el magistrado: «Cada una habrá de responder de sus propios actos sin admitir más comparaciones que las estrictamente inevitables para erradicar cualquier tratamiento supuestamente discriminatorio».
Con respecto a los indicios recabados en el desarrollo de la instrucción del ‘caso Nóos’ sobre el delito fiscal imputado a la esposa de Diego Torres, el juez admite que «a partir de un momento determinado» la Agencia Tributaria la consideró exenta de responsabilidad penal. «Pero –matiza– dejando claro el indudable respeto que los informes (de Hacienda) merecen, no es lo mismo valorar su criterio sobre la comisión de un delito del que la Hacienda Pública pueda sentirse perjudicada que pretender dar incuestionable validez a su criterio sobre quiénes serían o no sus autores».
Agrega Castro que el pronunciarse sobre las «legítimas disparidad de valoraciones» realizadas por él con respecto a Hacienda y a la defensa de Ana María Tejeiro «deberá quedar reservada al superior criterio de la Audiencia Provincial, a ser posible en el plenario».
El magistrado remitirá a la Audiencia de Palma los recursos de apelación que puedan formularse junto con otros once directos ante el tribunal que le fueron planteados por otros imputados y acusaciones.
Entre estos últimos están los de la infanta Cristina, su esposo, Iñaki Urdangarin, y Marco Antonio Tejeiro, el excontable del Instituto Nóos.