El Consell de Eivissa ha explicado que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TASJIB) relativa a una casa de Ses Salines, no establece que la institución deba derribar la vivienda ilegal de Es Corb Marí, situada en pleno Parque Natural de Ses Salines.

Según han explicado, la diligencia de ordenación hecha pública por el Grup d'Estudis de la Naturalesa (GEN), se refiere a una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma y confirmada por el TSJIB, que estimaba parcialmente un recurso de un promotor ante una resolución de la Comisión Insular de Urbanismo.

El Consell ha recordado que la resolución informaba desfavorablemente un expediente de legalización de una vivienda en Es Corb Marí por incumplir parámetros de altura y por implantarse sobre la cota 200 en una Area Natural de Especial Interés (ANEI).

En la estimación parcial del recurso, se consideraba que la Comisión Insular de Urbanismo se había basado en cuestiones ajenas a las competencias del Consell por informar desfavorablemente el proyecto en relación al incumplimiento de parámetros recomendados en las Normas Subsidiarias de Sant Josep. Asimismo, confirmaba el acuerdo de la CIU desfavorable en relación a los terrenos donde se implantó la edificación.

También la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Historico-artístico informó desfavorablemente el expediente por la situación de los terrenos, sin hacer mención a los parámetros de altura. Este acuerdo fue notificado a Sant Josep en 2004 y ahora, tras recibir la nueva diligencia de ordenación, se ha comunicado al juzgado.