EIVISSA. RESERVAS MARINAS. El Govern ampliará dos zonas de la reserva de Es Freus, que abarcará 15.232 hectáreas. | Redacción Local

El Govern ha aprobado hoy la ampliación de la reserva marina de es Freus de Eivissa y Formentera en 1.500 hectáreas, para incluir los islotes de Malvins, s'Esponja y es Daus y la costa oriental de Formentera desde la punta de sa Gaviota hasta el cabo de Barberia.

Con esta ampliación, la extensión de la reserva superará las 15.000 hectáreas marinas protegidas, que coinciden prácticamente con las del Parque Natural de ses Salines de Eivissa y Formentera, ha explicado el conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en rueda de prensa tras el Consell de Govern.

Además, se establece una regulación conjunta para todas las reservas marinas de las islas y se abre la puerta a la creación de zonas especiales de buceo.

La zona de la reserva comprende desde aguas poco profundas y calmadas hasta fondos con más de 60 metros de profundidad.

Esta área natural es de gran valor paisajístico, biológico y pesquero, y sus fondos están poblados por una amplia variedad de comunidades mediterráneas típicas de zonas muy conservadas, con las praderas de posidonia como emblema, destaca el acuerdo.

Es Freus de Eivissa y Formentera es una de las siete reservas de Baleares que a partir de hoy tendrán una regulación conjunta con el objetivo de simplificar y modernizar un marco normativo hasta ahora disperso en 42 disposiciones de diferente rango.

Por este motivo, el Govern ha establecido unos principios comunes en materia de actividades de extracción de flora o fauna marinas y actividades subacuáticas en las reservas marinas, desplegando así la ley de pesca marítima, marisqueo y acuicultura, que hacía aconsejable establecer unos principios comunes en materia de gestión de las reservas marinas, explica.

Por razones de eficacia se unifica el listado de especies de captura prohibida dentro de las reservas, haciéndolo de aplicación a las reservas que no la tenían hasta ahora.

También se hace un único listado de especies sometidas a cuota y talla mínima para la pesca recreativa y se establecen las mismas cuotas y tallas mínimas dentro de las reservas, dado que no hay ninguna base biológica que justifique la dispersión preexistente hasta ahora.

Además, se agrupan los periodos de veda para la pesca del raor y del verderol con la normativa general, debido a que la específica de algunas reservas es innecesaria.

La nueva reglamentación establece un listado único de aparejos (profesionales y recreativos) autorizables en las reservas; de estos, para cada una y mediante orden se establecerá un listado y las condiciones de uso.

Se unifican en las reservas que tienen los días hábiles -incluye los festivos- para la práctica de la pesca recreativa una medida mínima de anzuelo a los volantines para impedir la captura de pescados jóvenes.

Para facilitar un desarrollo sostenible y armónico con el resto de actividades del buceo recreativo, la nueva normativa abre las puertas al establecimiento de medidas específicas, como la creación de la figura de zonas especiales, en las que esta actividad será preferente y quedará limitada la actividad pesquera.

En Baleares hay siete reservas marinas (es Freus de Eivissa y Formentera; Nord de Menorca; Badia de Palma; Migjorn de Mallorca; Illa del Toro; Illes Malgrats; Llevant de Mallorca) con una superficie total de 58.000 hectáreas.