Joan Marí Tur y su abogado Rafael Perera entrando a los juzgados de Eivissa el pasado mes de junio. | GERMAN G. LAMA

La jueza Martina Rodríguez, del juzgado número 2 de lo Penal de Eivissa, ha absuelto al exconseller de Patrimoni Joan Marí Tur y al entonces director insular, Antoni Arabí, de un posible delito contra el patrimonio histórico y uno por prevaricación por la supuesta destrucción de restos arqueológicos durante las obras de desdoblamiento del segundo cinturón de ronda (E-20) en los años 2004 y 2005.

La magistrada también absuelve de un delito contra el patrimonio a Matías Arrom, propietario de la empresa encargada de las obras, y a Sancho Álvarez, jefe de las mismas, al no apreciar dolo en la comisión del posible delito. La jueza considera, además, que no están acreditados los daños en el patrimonio que aseguran tanto la acusación particular (el grupo ecologista GEN), como el Ministerio Fiscal. «Únicamente se estima acreditada su causación en la cisterna y en un tramo del acueducto», afirma la sentencia. La empresa Posidonia, formada por los arqueólogos contratados para el seguimiento de las obras, denunció hasta siete objetos patrimoniales dañados, que en su mayoría no han quedado acreditados.

En la sentencia también se pone de manifiesto cómo los arqueólogos de esta empresa no estuvieron presentes durante todo el transcurso de las obras, como así estaban obligados.

El exconseller de Patrimoni, Joan Marí ‘Botja’, aseguró ayer sentirse «contento y tranquilo» por su absolución, aunque todavía no había podido leer la sentencia dictada a 30 de junio de 2015, casi un año después de la celebración de este juicio. Marí Tur también afirmó que «estaba convencido de mi inocencia porque confío en la Justicia y yo siempre he actuado conforme a la legalidad».

El GEN, contrariado

El presidente del GEN, Joan Carles Palerm, explicó ayer que la absolución «no se entiende», pues afirmó que «había y hay indicios de delito y, por eso, Fiscalía acusaba». «No entendemos que se haya acreditado la destrucción de patrimonio, pero no la responsabilidad». Palerm destacó que la sentencia es recurrible y que estudiarán a fondo la sentencia para decidir si finalmente recurren o no.

La Fiscalía pedía para Marí Tur una pena de tres años de prisión por el delito continuado sobre el patrimonio histórico, una multa de 24 meses a razón de 100 euros diarios, y la inhabilitación para empleo o cargo público durante diez años por el delito de prevaricación.