El Ayuntamiento de Santa Eulària es quien se encarga de retirar los lodos de la depuradora. Foto: A.E.

Durante el pleno de ayer el alcalde de Santa Eulària, Vicent Marí, reclamó al Consell d’Eivissa y al Govern balear «todos los esfuerzos necesarios para mejorar el mantenimiento» de la depuradora de la población. Según Marí, se han detectado «fallos importantes» en el funcionamiento de esta instalación, que este verano ha provocado las quejas de los vecinos de Can Sançó por los malos olores que emite la acumulación de lodos. Unos fangos que actualmente se encarga de retirar y depositar en un terreno el mismo Consistorio, pese a no ser de su competencia.

El alcalde explicó que «a raíz de quitar los fangos hemos visto la frecuencia en la que se sacan los lodos, que tendrían que ser un día sí y un día no». Al parecer, el Ayuntamiento tiene que enviar camiones cada día a la depuradora para extraer los lodos y depositarlos en un terreno con restos de poda triturados para que no huelan mal. «Es una molestia muy importante para todos los residentes pero también una imagen que no nos podemos permitir de cara a nuestros visitantes. Tenemos que evitar a toda costa que el verano que viene se reproduzca esta situación», sentenció Vicent Marí.

Centros comerciales

El pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària también aprobó la modificación número 8 de las Normas Subsidiarias (NNSS) del municipio, un cambio que modifica la normativa para evitar la implantación de grandes superficies comerciales en parcelas residenciales.

La modificación de las NNSS propuesta por el equipo de gobierno contó con el apoyo de Guanyem y la abstención del PSOE. Este cambio, que fue aprobado inicialmente en febrero, tiene como variación más destacable el refuerzo de la protección contra la implantación indiscriminada de grandes superficies.

Ahora se determina de manera más clara que en las parcelas consideradas como casco antiguo o residenciales, los usos secundarios que permite la norma (comercial, industrial o recreativo) sólo podrán implantarse en una planta baja o en una primera planta con condiciones. De esta manera queda fijado que una parcela reservada para viviendas no pueda ser reconvertida (a causa de este uso secundario permitido por la ley) en un centro comercial.