Imagen de archivo del edificio de los juzgados en Ibiza y Formentera.

Un acusado en un juicio en Balears tiene muchas más posibilidades de que su futuro se decida por un acuerdo entre su abogado y un fiscal que por la sentencia de un juez. Un 63 por ciento de los procedimientos penales que llegan a juicio en las Islas acaban en una conformidad. El porcentaje aumenta por lógica en las condenas: siete de cada diez penas llegan a través de un pacto, según los datos de la Memoria de la Fiscalía de Balears. La tendencia además va al alza. En 2015 fueron un 17 por ciento más las sentencias condenatorias que llegaron por esta vía y las modificaciones legales introducidas en los últimos meses hacen más fácil que se produzcan estos acuerdos. La reforma del Código Penal permite que ahora la decisión de suspender o no una pena de prisión se tome en la sentencia. Antes dependía del criterio del juez que ejecutaba esa pena y ahora, las partes incluyen en el acuerdo si se ingresa o no en prisión.

Delito leve

Las probabilidades de que un proceso acabe en una conformidad aumentan cuanto más leve es el delito. En los juzgados de lo Penal (encargados de delitos castigados con menos de seis años) son de un 63,9 por ciento. En la Audiencia Provincial el porcentaje es del 55 por ciento. Los acuerdos son más frecuentes en los juicios rápidos, celebrados poco después de que se cometa el delito y en delitos relacionados con el tráfico, quebrantamientos de condena o malos tratos. En los juicios por delitos leves, que celebran los jueces de instrucción existe una dificultad: los acusados y las víctimas pueden acudir sin abogado a estas vistas, pero sin la asistencia de un letrado no se puede dar un acuerdo.

Otra tendencia que se mantiene es que, con conformidad o sin ella, el número de condenas es cinco veces superior al de absoluciones: un 85 por ciento.

A pesar de que en ocasiones resultan polémicas, las conformidades se han convertido en algo imprescindible en la jurisdicción penal. El número de jueces, de fiscales y de funcionarios no podrían asumir la carga de trabajo actual sin pactos. Además permiten a las partes reducir los riesgos que siempre hay en un juicio: es imposible saber lo que un testigo dirá de unos hechos que ocurrieron años antes, por mucho que haya declarado antes durante la instrucción.

La mayoría de los acuerdos se cierran minutos antes de la celebración del juicio. A las puertas de la sala de vista. Esto obliga a los tribunales a convocar a todos los testigos y peritos, en la mayor parte de los casos para que después se tengan que marchar. Esas situaciones han llevado a algunos intentos para ordenarlas. El Colegio de Abogados y la Fiscalía pusieron en marcha un protocolo para articularlas hace unos años que no terminó de cuajar. En la Audiencia Provincial, la Sección Segunda, una de las dos de competencia penal, va a comenzar a convocar a las partes a una vista previa. En ella estarán convocados el acusado y las partes. Si se alcanza un acuerdo, no será necesario llamar a los testigos. Si no, se verán las cuestiones previas y se acotará de esta manera el objeto del juicio para manejar mejor el calendario.