Gasolinera Cepsa situada en la carretera del aeropuerto de Ibiza.

Repsol no podrá incrementar el número de estaciones de servicio durante un año en 40 provincias, islas o ciudades autónomas, al superar la cuota de mercado del 30%, el umbral fijado para limitar este crecimiento empresarial en la nueva normativa sobre competencia en el sector de hidrocarburos aprobada por el Gobierno en 2013.

En el caso de Cepsa, las limitaciones a su crecimiento quedan restringidas a cuatro, que son el territorio de Ceuta y las islas de Formentera, Ibiza y Menorca.

Las provincias en las que Repsol no podrá crecer son Albacete, Alicante, Asturias, Ávila, Badajoz, Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cantabria, Ciudad Real, Córdoba, A Coruña, Cuenca, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Ourense, Palencia, Pontevedra, La Rioja, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona y Teruel.

Tampoco podrá sumar nuevas estaciones de servicio en Toledo, Valladolid, Vizcaya, Zaragoza, Formentera, Ibiza y Mallorca, según consta en una resolución de la Dirección General de Políticas Energética y Minas publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La normativa establece que los operadores con una cuota de mercado superior al 30% no podrán incrementar el número de instalaciones en régimen de propiedad o en virtud de cualquier otro título que les confiera la gestión directa o indirecta de la instalación.

Tampoco podrán suscribir nuevos contratos de distribución en exclusiva con distribuidores al por menor que se dediquen a la explotación de la instalación para el suministro de combustibles y carburantes a vehículos, con independencia de quién ostente la titularidad o derecho real sobre la misma.

En todo caso, la norma permite a los operadores renovar los contratos preexistentes aun cuando con ello superen la cuota de mercado establecida como tope.