Jaume Ferrer y Bartomeu Escandell comparecieron ayer ante los medios de comunicación.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la entidad Sunway S.L. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB), de fecha 8 de julio de 2014, en el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Pleno del Consell de Formentera, adoptado en sesión de 30 de septiembre de 2010, mediante el que se aprobaron definitivamente las Normas Subsidiarias (NNSS) de Formentera.

La demanda de Sunway S.L. hacía referencia a una unidad de actuación de Punta Prima y reclamaba los mismos parámetros edificatorios anteriores, ya que las Normas Subsidiarias son más restrictivas que la normativa urbanística anterior. Sunway S.L., propiedad del empresario Leo Stöber, argumentó en su día que las Normas Subsidiarias eran «arbitrarias» y que se habían hecho con «abuso de poder».

Ante estas acusaciones, el TSJIB argumentó que «a la administración le corresponde, atendiendo a la evolución social y al desarrollo económico de la ciudadanía, adoptar el modelo territorial y urbanístico sobre el que se asentará la población del su territorio», dice la sentencia, que continúa afirmando que» por este motivo la potestad de planeamiento urbanístico es discrecional».

Entonces, el TSJIB argumenó que esta discrecionalidad no evita que tenga que haber «un control» y cumplimiento procedimental y normativo, pero que en el caso de las Normas Subsidiarias este proceso se ha seguido de manera adecuada, por lo que desestimó el recurso presentado por Sunway S.L.

El presidente del Consell de Formentera, Jaume Ferrer, y el vicepresidente segundo y conseller de Presidència, Bartomeu Escandell, comparecieron ayer para informar sobre la sentencia del Tribunal Supremo, de 11 de septiembre de 2017, que «ratifica que las Normas Subsidiarias aprobadas en 2010 están bien hechas, de manera respetuosa con el medio ambiente, y en defensa del interés general de Formentera».

Se impugna así el presente recurso de casación interpuesto por la entidad Sunway S.L. la sentencia desestimatoria dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal seguido contra el Acuerdo del Pleno del Consell de Formentera, adoptado en su sesión del 30 de septiembre de 2010, mediante el cual se aprobó definitivamente la Revisión de las Normas Subsidiarias.

El presidente ha explicado que una vez recibida la sentencia y consultados los asesores jurídicos, «el dictamen del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares afirmaba que la actuación del Consell fue correcta y ahora es el Tribunal Supremo el que vuelve a afirmar el mismo».

Jaume Ferrer ha destacado que el Consell siempre tuvo en cuenta la defensa del interés general a la hora de redactar las Normas Subsidiarias y además, explicó que «el Tribunal Supremo también ha defendido que las normas, según la sentencia, no han sustraído ningún derecho a la entidad Sunway S.L., ya que el hecho de ser urbano no conlleva asociado derecho edificatorio».