Imagen del acusado cubriéndose la cara con una mano durante su traslado al juzgado de Ibiza, el pasado 27 de diciembre. | Marcelo Sastre

Un año de cárcel como autor de un delito de quebrantamiento de condena con el agravante de reincidencia. Es la pena impuesta por el juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza a J.E.V, el joven de 33 años y nacionalidad argentina juzgado el pasado 27 de diciembre después de ser detenido por acosar a su expareja tras salir de prisión por hechos similares.

La juez Clara Ramírez de Arellano firma la sentencia que recoge íntegramente la petición realizada en su día por el Ministerio Fiscal. El condenado permanecía en prisión provisional.

Acoso y mensajes

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En los hechos probados, la sentencia refleja que J.E.V., fue detenido el pasado 12 de diciembre en un hostal de Vila en el que se alojaba tras salir de prisión, una semana antes, después de cumplir una pena de seis meses de cárcel por un delito de violencia de género. De hecho en la lista de penales el joven tiene otras condenas, una de cuatro meses y otra de 75 días. Con estos antecedentes, el acusado realizó varias llamadas e intentó comunicarse con la víctima en reiteradas ocasiones los días 6, 8, 9, 10 y 11 de diciembre, hechos que motivaron su detención por la Policía Nacional.

El acusado realizó todas estas acciones a pesar de que tenía en vigor una orden de 2 años de comunicación y prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 100 metros respecto a su expareja.

Durante el juicio, el joven negó las acusaciones y rechazó el acuerdo de conformidad que suponía una condena de nueve meses de prisión.