El hombre que alquiló la habitación a la familia fue detenido y puesto a disposición judicial por un delito de coacciones.

Cortes de agua repentinos e interrupciones del suministro eléctrico tras bajarles intencionadamente y sin previo aviso el diferencial. Son algunos de los sabotajes que denuncian haber sufrido una familia con dos menores que hace siete meses alquilaron una habitación en una casa de Cala de Bou. Coacciones que, según denunciaron ante la Guardia Civil, han ido in crescendo y que acabaron con amenazas y un episodio violento que ha desencadenado la imputación del hombre de 48 años que les realquiló la habitación.

La imputación se produjo después de que el hombre irrumpiese de forma violenta en la habitación en la que se encontraba la mujer con sus dos hijas menores de edad. Según el relato de los hechos denunciados ante la Guardia Civil, el individuo aprovechó que el hombre estaba trabajando para intentar hacer fuera de la habitación a la mujer y sus dos hijas. Les tiró los platos de la comida y revolvió las pertenencias de la familia. El hombre abandonó la habitación llevándose un microondas. El violento episodio ocurrió el pasado día 10.

La familia denunció los hechos en el cuartel de la Guardia Civil y amplió una primera denuncia que habían interpuesto el día 2 de enero. La pareja y sus hijas alquilaron hace siete meses la habitación y por ella pagan una mensualidad de 600 euros. El hombre denunció que, durante su estancia, han venido sufriendo una serie de sabotajes que influyen negativamente en el día a día de la familia, con complicaciones a la hora de hacer la comida o para asearse.

Delito de coacciones

Tras la denuncia interpuesta, los agentes de la Guardia Civil comunicaron al hombre que había alquilado la habitación su imputación como presunto autor de un delito de coacciones para impedir el legítimo disfrute de la vivienda.

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Este tipo de acciones está recogido en el artículo 172 del Código Penal y castiga con penas de entre seis meses y tres años de cárcel a «quien impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, sin estar legítimamente autorizado». El Código Penal refleja la pena de prisión o multas de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

En caso de que la coacción ejercida tenga por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda, se impondrá la pena en su mitad superior. Según fuentes judiciales consultadas, conductas como cortar la luz o cambiar la cerradura serán consideradas delictivas cuando el sujeto que las causa pretende «restringir» la libertad o «doblegar» la voluntad de otra persona.

EL APUNTE

Una pareja fue condenada en 2017 por echar a una joven y su perro en ses Païsses

El 12 de mayo del pasado año, el titular del juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza, Santiago Pinsach, condenó a una pareja denunciada por una joven a la que había echado de la habitación que le habían realquilado debido a las molestias que causaba el perro de la denunciante. El juez les impuso una multa de 720 euros e indemnizar con 680 euros a la joven a la que habían realquilado una habitación con su perro en ses Païsses. La sentencia les condenaba por un delito leve de coacciones y un segundo de apropiación indebida. El auto también recogía sendas multas de 30 días a razón de 6 euros al día, con una responsabilidad personal de 15 días de privación de libertad en el caso de impago de las multas o indemnizaciones a la joven. En la sentencia, el juez Pinsach relató que la pareja denunciada ofreció el alquiler de una habitación a través de las redes sociales y que la denunciante entregó 800 euros a su llegada a la casa, el 6 de abril. Una semana después, la tarde del 14 de abril, la inquilina denunció ante la Guardia Civil que al regresar a la casa donde vivía se había encontrado con la cerradura cambiada y sus pertenencias abandonadas en la calle.