El tribunal escuchó las peticiones del Ministerio Fiscal y de las partes ante la ausencia del acusado. | DANIEL ESPINOSA

Christian Joachim C.M., expareja de Sara Calleja, la mujer que en julio de 2015 se quitó la vida en Ibiza, no compareció ayer en la vista previa señalada por la Audiencia Provincial en Ibiza alegando no poder venir desde Bélgica porque «un juzgado de León ha cursado recientemente una euroorden de detención», una tesitura a la que suma el hecho de que su «situación psíquica y física no le permite viajar», según informó al tribunal Joan Cerdá, letrado del acusado.

Tras apuntar las dos motivaciones que impedían la presencia del acusado en la sala, el abogado de la defensa solicitó la posibilidad de realizar el juicio por videoconferencia.

El magistrado de la sección segunda de la Audiencia Provincial, Diego Jesús Gómez-Reino, advirtió que dadas las cuantías de las penas solicitadas (7 años el Ministerio Fiscal y 18 la acusación particular) la vista no se podía celebrar en ausencia.

Ahora el tribunal de la Audiencia Provincial debe resolver sobre la solicitud o no de una orden de búsqueda y detención del acusado, que ya ha manifestado su determinación de no acudir al juicio. El presidente del tribunal avanzó que la vista, cuando tenga fecha, se celebrará en Palma.

Informe médico y euroorden

El abogado de la defensa hizo hincapié en que la euroorden de detención dictada por un juzgado de León «se adoptó en contra del criterio de la Fiscalía y únicamente a petición de la acusación particular». Añadió que esta orden se encuentra en plazo de recurso y la intención es que «sea recurrida».

El Ministerio Fiscal valoró la posibilidad de celebrar el juicio por videoconferencia siempre que la ausencia del acusado esté motivada por problemas de salud que impidan su viaje a las islas y subrayó la necesidad de su presencia en sala dada las peticiones de pena de la acusación particular.

Asimismo, la fiscal del caso, Mamen Navarro, solicitó que los documentos médicos aportados por la defensa sean certificados con una traducción jurada y que sean los forenses del tribunal quienes evalúen si el acusado puede venir o no.

Por su parte, la letrada de la acusación particular, Eva Montero, recalcó que el acusado, que se encuentra en Bélgica, «debe comparecer porque estas motivaciones o excusas son la pauta de actuación que viene teniendo, tal y como ya hizo en el caso juzgado en León».

El tribunal revisó las testificales solicitadas por la defensa, que advirtió que su representado «ha sido víctima de un juicio paralelo. La causa está viciada por las informaciones publicadas y las filtraciones. A los dos días ya se le estaba imputando un delito a mi representado», recalcó Cerdá.

Peticiones

El Ministerio Fiscal solicita tres años de prisión por un delito de maltrato psíquico, otros tantos por coacciones y doce meses más por quebrantamiento de condena. En total: siete años de prisión y otros tantos de privación del derecho a la tenencia y porte de armas. También solicita para el acusado una indemnización de 60.000 euros para los dos hijos de Sara Calleja en concepto de daños morales y perjuicios.

La acusación particular eleva la petición de pena hasta los 18 años de prisión.

La defensa de Christian J.C.M. solicita la libre absolución de su representado ya que «en ningún momento ha incurrido en los delitos que le acusa el Ministerio Fiscal», que le imputa sendos delitos de maltrato psíquico, coacciones y quebrantamiento de condena.

EL APUNTE

El acusado ya fue condenado en León por un delito de amenazas, una pena que quebrantó

Christian J.C.M, que reside en Bélgica, está en libertad pero ya fue condenado por sentencia firme de un juzgado de León como autor de un delito de amenazas en el ámbito familiar a la pena de 9 meses de prisión y a la prohibición de cualquier tipo de comunicación con la víctima durante un periodo de cinco años, condena que quebrantó.

Según el relato de los hechos, el acusado y Sara mantuvieron una relación durante tres años y dos meses, una relación que la víctima dio por terminada el 19 de septiembre de 2013. En el escrito se indica que el encausado «en ningún momento aceptó la ruptura, y no obstante haberle manifestado (Sara) su persistente voluntad de no querer mantener ningún contacto con él, éste insistía continuamente en que volvieran a ser pareja o hablar o verse, realizando numerosas llamadas telefónicas al teléfono móvil y fijo de Sara». Sara Calleja se suicidó en Ibiza en 2015.