El pasado viernes 24 de mayo se inició el plazo para presentar solicitudes a la convocatoria de ayudas a estudiantes de la isla de Ibiza para el curso 2018-19 (bases publicadas al BOIB n.º 67, de 18-05-19, y extracto publicado al BOIB n.º 69, de 23-05-19) y finaliza el día 20 de junio, incluido.

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud ha detectado que algunos estudiantes han enviado su solicitud, acompañada de documentación diversa, a través de correos electrónicos de diferentes departamentos del Consell.

Por eso, desde este departamento aclaran que la presentación telemática de documentación no es válida a través de correo electrónico, sino que se tiene que hacer a través de la Sede Electrónica del Consell d’Eivissa, tal como establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y como consta en la base octava de estas ayudas.

La presentación de solicitudes (del 24 de mayo al 20 de junio de 2019, ambos incluidos) puede hacerse:

- De manera presencial: En el Registro General del Consell d’Eivissa (avenida de España, 49, 07800 Ibiza) o en los lugares establecidos al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- De manera telemática: A través de la Sede Electrónica del Consell (https://seu.conselldeivissa.es). Para presentar la solicitud en este medio, el estudiante tiene que disponer de un certificado digital o electrónico. No es válida ninguna solicitud aportada a través de correo electrónico.

Toda la información se puede encontrar al Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud del Consell d’Eivissa, en su sede electrónica (https://seu.conselldeivissa.es), en su web www.conselldeivissa.es , en la Base de datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/ge/ca/index y en el mismo Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud, en la segunda planta del Consell.