Reunión del Consejo asesor de derecho foral de Ibiza y Formentera ayer en el Consell d’Eivissa. | MARCELO SASTRE

Ni son las formas, ni es el modo. El Consejo de Asesor de Derecho Foral de Ibiza y Formentera se manifestó ayer, en su sesión constitutiva, contrario a la modificación de la Ley de Patrimonio de Balears que el Govern introdujo en el proyecto de presupuestos para 2020. Un texto que le permitiría coger las riendas de la gestión de los bienes de las herencias intestadas sin beneficiarios legítimos y le otorgaría la posibilidad de atribuirse la titularidad de bienes y derechos tras compensar a consells y ayuntamientos.

De acuerdo con la Ley de Patrimonio de las Illes Balears, los bienes de estas herencias corresponden al Consell y al municipio del difunto, que deben hacer «una propuesta de destinación de los bienes o derechos, de su producto o su valor». La modificación introducida en el proyecto de la Ley de Presupuestos de 2020 otorga al Govern la potestad de «fijar los bienes y los derechos que corresponden a ambas administraciones» y «en caso de bienes y derechos indivisibles o de especial interés autonómico» le otorga la posibilidad de atribuirse la propiedad de los mismos «con la compensación económica correspondiente».

Consell d’Eivissa
El vicepresidente primero del Consell d’Eivissa, Mariano Juan, se mostró ayer muy satisfecho por «la unanimidad de los miembros de la judicatura y del Colegio de Abogados» para mostrar su disconformidad respecto a las formas de introducir esta modificación y el fondo de la misma.

«Este sistema de reparto de 50% para ayuntamientos y consells se acordó en 2017 y no hay razón para cambiarlo en dos años. Se ha hecho de forma apresurada y se ha intentado introducir un cambio por la puerta de atrás para apropiarse de estas herencias», valoró Juan.

Desde el Consejo Asesor se dio además un tirón de orejas al Govern, recordando que tanto el organismo jurídico asesor de las Pitiusas como el de las Balears, a los que no se consultó por no estar constituidos, existen para valorar este tipo de modificaciones antes de llevarlas a cabo.

El Consell elaborará una declaración institucional que se consensuará con los diferentes grupos políticos para «mostrar una posición común y apolítica que muestre la firmeza» de la ciudadanía ibicenca frente a estas acciones que reflejan una clara «falta de sensibilidad», anunció el vicepresidente primero.

Desde el Govern se manifestó al Consell de forma extraoficial que «darán marcha atrás» y que su intención no era apropiarse de estas herencias. Una promesa que no se ha materializado en ningún documento escrito, por lo que desde el Consell d’Eivissa instarán a los representantes ibicencos en el Parlament balear a presentar las correspondientes enmiendas para que «el texto se quede como está».

Consell de Formentera
Desde el Consell de Formentera indicaron que, tras valorar el texto, han «preparado alegaciones», «considerando que se quería recentralizar en favor del Govern» la gestión de las herencias intestadas.

Indicaron también que el Govern había informado a la administración insular de Formentera «de la intención de derogar íntegramente el artículo 41 bis de la ley de patrimonio y que hereden consells y ayuntamientos en las herencias intestadas sin ninguna intervención del Govern. Ni para tramitar, ni para repartir, de forma que se garantice que no haya malas interpretaciones de intencionalidades inexistentes».

EL APUNTE

Modificación de un artículos que se consensuó en 2017 a favor de consells y ayuntamientos

uLos bienes de las herencias intestadas pasaban a manos del Estado hasta 2017. Ese año se llevó a cabo la modificación de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears para que la propiedad de esos bienes se quedase en las islas. A través de ese cambio legal, estos bienes pasaban a partes iguales a manos del Govern, el Consell y el Ayuntamiento. Sin embargo, se introdujo una enmienda para que el reparto se hiciera entre dos: Consell y Ayuntamiento. No obstante, el texto legal establece que corresponde a la administración autonómica impulsar el procedimiento para que avance el proceso administrativo de apertura de la sucesión intestada a favor de las administraciones locales, algo que al parecer generaba ciertas confusiones en el proceso. Con la modificación introducida en el apartado 4 del artículo 41 bis de la Ley de Patrimonio se solventa este problema, pero al mismo tiempo se pone el Govern al frente del procedimiento para determinar qué bienes o derechos corresponden a cada administración local.

El punto de mayor conflicto, frente al que han surgido reacciones contrarias tanto en las Pitiusas como en Menorca, es el párrafo cuarto de la modificación, que otorga al Govern la potestad de decidir de qué bienes o derechos indivisibles se «atribuye», con la correspondiente indemnización que fijaría el propio Govern.