Imagen de archivo de la desaladora de Santa Eulària, que se acabó en 2011 y el Govern no recepcionó hasta el 2016. | Redacción Ibiza

La sentencia 17/2020 del TSJB del pasado 22 de enero condena al Govern a pagar al Estado un total de 26.113.865,43 euros por la desaladora de Santa Eulària y otros 19.185.465,44 euros por la misma infraestructura en Ciutadella, Menorca. El conseller de Medi Ambient del Govern, Miquel Mir, tildó ayer de «injusta» la sentencia, al tiempo que lamentó la disputa sobre el final de la construcción de estas dos desaladoras y su puesta en marcha.

Así, según expresó ayer el Ejecutivo autonómico a través de un comunicado, Mir lamenta que no se haya resuelto esta disputa «en el ámbito político, tal y como viene reclamando el Govern desde 2015». En este sentido, ayer anunciaron que recurrirán la sentencia y reclamó al Gobierno «una solución política, tal y como se había acordado a principios de la anterior legislatura, compromiso que el Gobierno de Rajoy incumplió». En 2015, el Gobierno autorizó el rescate de las concesiones (las obras acabaron en 2011) y, un año más tarde y tras el rescate, el Govern finalmente recepcionó las dos desaladoras.

La historia

Las dos desaladoras se acabaron en 2011, pero el Govern se negó a recepcionarlas por no ser plenamente operativas ya que no estaban conectadas a la red de suministro. En diciembre de 2013, las empresas concesionarias exigieron la resolución del contrato y el pago de indemnizaciones, que asumió el Estado y ahora reclama al Govern por no ser capaz este organismo de haber ejecutado las obras externas para poder conectar las desaladoras a la red, según se extrae de la sentencia del TSJB.

El Govern, en 2016, según recordaron ayer a través de una nota de prensa, se ofreció a conectar las dos desaladoras «a cambio de que el Estado asumiera el coste de las instalaciones y su sobrecoste». Finalmente, las instalaciones fueron recepcionadas por el Govern en mayo de 2016. En octubre de ese año, el Ejecutivo autonómico recibió un requerimiento del Estado en el que le reclamaba el pago de los sobrecostes e indemnizaciones que tuvieron que abonar a las empresas concesionarias.

La sentencia

La sentencia del TSJB refleja en sus fundamentos de derecho que el Estado ejecutó la construcción de la desaladora de Santa Eulària con arreglo a lo establecido en el Plan Hidrológico Nacional a través de un contrato de concesión de obra pública para la construcción y explotación de dicha infraestructura por un importe de 42,9 millones de euros, «y habiéndose terminado su construcción y poder ser puesta en marcha a partir del 1 de abril de 2011, sin embargo, no pudo entrar en funcionamiento al no poder estar conectada con la infraestructura de la red de distribución, señalando la CAIB [el Govern] ‘razones económicas o de necesidades que pudieran influir en un correcto servicio’».

Esto provocó, según relata la sentencia, que el Estado tuviera que indemnizar a la concesionaria, pues solicitó la resolución del contrato de concesión, reclamando al Estado 31.079.658,14 euros «en concepto de coste de inversión a reintegrar, coste fijo de la tarifa y lucro cesante». El Ministerio, previo dictamen del Consejo de Estado del 12 de noviembre de 2015, reconoció a la concesionaria una indemnización de 26.113.865,43 euros, IVA no incluido, y la devolución de la garantía legalmente constituida por la UTE EDAM Santa Eulària. Esta suma se pagó el 19 de enero de 2016 y ahora el Estado reclama al Govern esa cantidad por no ser capaz de poner en marcha la infraestructura.

El convenio

El 29 de abril de 2005 se firmó un convenio entre el Gobierno central y el Govern para la construcción de obras hidráulicas de interés general en Balears en el que se incluían «las condiciones de colaboración para la programación, financiación, ejecución y explotación de las infraestructuras de desalación de agua de mar en estas islas, que eran cuatro», explica la sentencia, recordando que eran la de bahía de Alcúdia (Mallorca), Santa Eulària, Ciutadella y Andratx, «de las cuales a la firma del convenio ya estaban operativas la de Alcúdia y Andratx, siendo explotadas por la Conselleria de Medi Ambient».

La sentencia refleja que el Estado reclama a la CAIB el pago de las indemnizaciones que tuvieron que abonar a las concesionarias por la «inactividad absoluta, que frustró la utilidad de las estaciones desaladoras de Santa Eulària y Ciutadella, y motivó los pagos resolutivos a que se vio obligado el Estado frente a los concesionarios». La sentencia da un ‘tirón de orejas’ en el sentido de que recuerda que las administraciones públicas «sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización y coordinación», además de recordar que las administraciones se rigen por los principios de «cooperación y colaboración y en su actuación, por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos».

Por todo ello, la sentencia recuerda que la construcción de estas dos desaladoras «fue costosa» y se alargó más de lo previsto inicialmente ya que la de Santa Eulària tenía un plazo de ejecución de 21 meses «y duró desde el 19 de junio de 2006 al 30 de noviembre de 2011, o sea 92 meses», y la de Menorca tardó en construirse 54 meses en lugar de 21. Cuando ambas estuvieron acabadas, «las dos concesionarias de las instalaciones no pudieron iniciar su actividad ni suministrar un solo metro cúbico de agua desalada a la población al no estar conectadas esas obras por problemas de alta en la red pública del agua».

Cabe destacar que, un año antes de que se acabara la desaladora, el director de Recursos Hídricos del Govern de por aquel entonces (2010) advirtió en una comisión de seguimiento de la «enorme dificultad para afrontar la amortización de las plantas desaladoras objeto de este convenio. Aun en las mejores condiciones y con precios del agua en alta por encima de un euro, los déficits globales que en un escenario de 15 años se producirían superarían los 6 millones anuales».