Imagen de archivo de la parada de taxis del passeig de Ses Fonts.

El primer teniente de alcalde y concejal de Movilidad de Sant Antoni, Joan Torres, defendió la modificación del artículo 17 de la ordenanza del taxi, en fase de exposición pública tras la aprobación inicial por el Pleno.

Esta modificación dice que el servicio del taxi «podrá prestarse por su titular o conductores que cumplan las condiciones de carácter personal que se establecen, contratados de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores o la normativa que sea de aplicación».

Así, se elimina cualquier referencia a la «obligación de prestar personal o conjuntamente» el servicio del taxi, lo que abre la puerta a que los profesionales de este sector se puedan dedicar a otra actividad.

El conseller de Transportes, Javier Torres, precisó a este periódico que esta modificación podría ser ilegal ya que «contraviene la ley estatal» y que estudiará medidas al respecto.

Sobre esto, Joan Torres fue muy claro este sábado: «Nosotros llevamos a aprobación la modificación de tres puntos de esta ordenanza, que es lo de los uniformes, la obligación de llevar datáfono y adaptarnos en cuanto al artículo 17 de la Ley Balear de Transporte. Si el Consell d’Eivissa tiene un informe que dice que podría ser ilegal, cosa que dudo, me gustaría verlo. Que insten al Govern a modificar la ley balear de Transporte si no están de acuerdo con ella», expresó Torres, quien manifestó su «sorpresa» al ver las declaraciones del conseller de Transportes en prensa.

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«Me sorprende que el conseller no me haya llamado para pedirme una aclaración o manifestarme sus dudas porque esta modificación se aprobó inicialmente en el Pleno».

«Simplemente, lo que hemos hecho es adaptarnos a la ley balear de Transporte», insistió Joan Torres. En este sentido, el artículo 51.2 de la Ley 4/2014 de Transporte Balear establece que «el servicio podrá prestarse por su titular o conductores que cumplan las condiciones de carácter personal que se establecen, contratados de conformidad con el Estatuto de los trabajadores o la normativa que sea de aplicación», que es lo que aprobó inicialmente Sant Antoni.

Torres recordó, además, que ya hay otros ayuntamientos, como el de Sant Josep, que han introducido esta modificación para adaptarse a la ley balear.

El concejal de Movilidad de Sant Antoni también quiso precisar que el único punto que se ha consensuado con todos los ayuntamientos y el Consell d’Eivissa es el de los uniformes.

Torres también recordó que si el Consell d’Eivissa no comparte esta modificación tiene un periodo de 30 días para alegar ya que han hecho la aprobación inicial y falta la definitiva. «Si consideran que es ilegal, que pongan un contencioso al Govern por la Ley balear de Transporte o bien que insten al Ejecutivo autonómico a cambiarla», concluyó.