El concejal de Cs, José Ramón Martín (derecha), consulta un tema con el alcalde, Marcos Serra. | Daniel Espinosa

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni aprobará hoy, previsiblemente, la modificación de la ordenanza del taxi, pero la polémica respecto al nuevo texto está servida. El Grupo de Ciudadanos, que integra el equipo de gobierno, votará en contra de la modificación de la normativa, según ha podido saber Periódico de Ibiza y Formentera y han confirmado fuentes del partido.

Su voto negativo se suma al de Unidas Podemos, que anunció el miércoles a través de un comunicado de prensa su oposición al cambio en la ordenanza municipal por considerar «temerario» permitir que una persona pueda tener una licencia de taxi sin la obligación de ejercer de taxista.

Por su parte, el Grupo PSOE-Reinicia se abstendrá en esta votación, si mantiene el posicionamiento que expresó en la comisión de portavoces y que ha podido conocer este periódico, lo que permitirá que la ordenanza salga adelante con el voto favorable de PP y Proposta per Eivissa (El PI).

Poco clara
La modificación de la ordenanza incluye tres puntos: la obligación de llevar uniforme (un tema acordado a nivel insular), obliga también a disponer de datáfono para el cobro del servicio y elimina la obligación de explotar personal o conjuntamente la licencia.

Este último punto establece literalmente que: «El servicio podrá prestarse por su titular o conductores que cumplan las condiciones de carácter personal que se establecen, contratados de conformidad con el Estatuto de los trabajadores o la normativa que sea de aplicación».

El motivo del voto en contra de Ciudadanos sería la falta de claridad del texto, que no concreta si los titulares de licencia de taxi podrán ejercer otra actividad o no.
Desde el partido no se posicionaron a favor o en contra de esta posibilidad e insistieron en que su decisión no pretende en absoluto inmiscuirse en la labor de la Concejalía de Transportes, que es la que debe definir este extremo. Sin embargo señalaron que un texto ambiguo puede generar inseguridad jurídica, algo que se debería evitar a la hora de desarrollar normativa y por ello consideran que tendría que modificarse el texto para que quedase perfectamente claro.

Respecto a la exclusividad en el ejercicio de la actividad del taxi, existe debate al respecto debido a las diferencias entre el reglamento estatal y la ley autonómica.
Mientras el reglamento nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros de 1979 indica que «toda persona titular de licencia tendrá la obligación de explotarla personal o conjuntamente […] en régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión», la Ley de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears no habla en ningún punto de esta incompatibilidad y sólo establece en su artículo 51.2 lo que incluirá ahora Sant Antoni en su ordenanza, citado más arriba en este texto.

El concejal de Transportes, Joan Torres, explicó tras la aprobación inicial del texto que: «Hay propietarios de licencia que tienen la posibilidad, conforme a la ley balear, de no trabajar en el taxi y contratar empleados. El artículo que había hasta ahora era ambiguo, así que lo que hacemos es aplicar una normativa superior, que es la autonómica. Guste más o menos, lo que hemos hecho es adaptar este artículo a la ordenanza balear».