Imagen de archivo del aeropuerto de Ibiza. | Arguiñe Escandón

El Grupo Popular en el Congreso de los Diputados presentará una Proposición No de Ley (PNL), impulsada por el diputado ibicenco Miguel Jerez, para instar al Gobierno a extender el descuento de residente para el transporte aéreo y marítimo a los menores de edad no emancipados y no residentes en los territorios de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla cuyos progenitores o tutores legales figuren empadronados en dichos territorios.

Según se indica en la exposición de motivos, en la actualidad se dan situaciones en que existen progenitores que residen en los territorios extrapeninsulares que no tienen la guardia y custodia de sus hijos menores de edad, que residen legalmente en una comunidad diferente con el otro progenitor. Con el actual sistema de bonificación «no se puede extender el descuento para residentes a aquellos menores que visitarán a un progenitor o tutor legal que sí que se puede acoger a este descuento».

Cuestión de justicia

Noticias relacionadas

Miguel Jerez aseguró ayer que se trata de una cuestión de «justicia» ya que «hay familias a las que desestabiliza el presupuesto tener que mandar a los niños a Baleares o Canarias» para cumplir el régimen de visitas. El varapalo económico es superior si se trata de más de un hijo «y si además tienen que ir con acompañante, si no pueden viajar solos, el descuadre de la economía familiar es insoportable». Y más aún en los casos de custodia compartida o fines de semanas alternos, en los que la frecuencia de los traslados es mayor.

El diputado ibicenco, que logró implicar en esta iniciativa a sus compañeros de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, insistió en que se trata más «de una medida social que de movilidad» cuyo principal objetivo es «favorecer la igualdad de derechos de los progenitores».

Para acreditar este descuento por residencia, en la Proposición No de Ley se apuesta por aportar un certificado de empadronamiento del progenitor que vive en estos territorios, así como el libro de familia para acreditar la filiación de los hijos menores de edad. En el caso de los tutores legales, la acreditación se realizaría mediante copia de la sentencia judicial por la que se concede la tutela de los menores.