Imagen de archivo de una cola de gente esperando para acceder a un conocido local de ses Salines. | Daniel Espinosa

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) desestima el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Sant Josep contra la sentencia del Juzgado Número 2 de lo Contencioso Administrativo de Palma con fecha de 16 de septiembre de 2019, según avanzó ayer Noudiari. En esta sentencia se instaba al Consistorio josepí a tomar medidas ante el exceso de ruido que emanaba de los locales de ocio de Platja d’en Bossa, recogidos hasta en nueve ocasiones por diferentes empresas acreditadas y técnicos municipales. Los resultados «en todos los casos» estaban «muy por encima de los parámetros máximos permitidos».

El máximo tribunal de Baleares deja en evidencia la forma de proceder del Ayuntamiento de Sant Josep en cuanto a las quejas y denuncias vecinales por ruido y habla de que es «lamentable el peregrinaje administrativo y judicial que una mala actuación municipal ha comportado a los afectados.    Nos encontramos en el año 2022 y no hay constancia documentada de que los expedientes sancionadores hayan concluido de ninguna manera ni de que fueran adoptadas medidas o sanciones». Así, el TSJIB da por hecho que ha habido y existido un exceso de ruido y que la «ordenanza municipal en cuanto a limitaciones de la amenización musical de estos locales fue sistemáticamente incumplida».

«La Corporación municipal podía, según el artículo 14 de la mencionada Ordenanza, haber adoptado medidas cautelares. No hay constancia a pesar de las reiteradas denuncias realizadas», recoge el escrito, en el que, además, queda constancia la falta de respuesta por parte del Consistorio josepí hacia los vecinos: «En consecuencia, la solicitud efectuada por los recurrentes al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (Ibiza) relativa a reducir los niveles sonoros hasta los límites legales y precintar los equipos sonoros de las actividades musicales al aire libre no autorizadas no mereció ninguna respuesta. Petición que como hemos visto era razonable y adecuada a la realidad de aquello que vivían y sufrían los denunciantes. Todo esto comporta que confirmamos la sentencia de instancia en cuanto al que es la decisión adoptada». Ante esta resolución cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo.

Según recoge Noudiari, los vecinos se muestran contentos con esta resolución judicial, que les da la razón en cuanto al exceso de ruido de estos locales. Esperan que la administración tome medidas y, en caso de no hacerlo, esta última resolución judicial les permite presentar una demanda penal contra el alcalde de Sant Josep, Ángel Luis Guerrero.