De izquierda a derecha, Aitor Morrás, Rafa Ruiz y Carmen Boned, en el pleno del mes pasado. | Daniel Espinosa

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma de Mallorca ha condenado al Ayuntamiento de Ibiza por su pretensión de modificar el orden de las pruebas que deben realizar los trabajadores para poder formar parte de un bolsín de auxiliares administrativos. El recurso fue presentado por CCOO que, previamente, había solicitado formalmente a la Concejalía de Recursos Humanos, dirigida por la socialista Estefanía Torres, que modificara las bases para este bolsín y se adaptara a los establecido por la jurisprudencia. Una petición a la que Torres hizo caso omiso, según explicaron ayer fuentes del sindicato a Periódico de Ibiza y Formentera.

El recurso se dirigía contra las bases y la convocatoria de constitución de una bolsa de trabajo de auxiliar administrativo publicada el 1 de diciembre de 2020. El objetivo era crear esta bolsa para «cubrir con carácter temporal necesidades urgentes e inaplazables de contratación o prestación de servicios del Ayuntamiento de Ibiza por el procedimiento de selección mediante el sistema de concurso-oposición», según figura en la sentencia dada a conocer ayer por CCOO.

El problema estaba en que Vila pretendía introducir en el segundo ejercicio de estas pruebas la realización de una entrevista personal que, según una sentencia del Tribunal Supremo, debe formar parte de una fase posterior. «La entrevista», explicaron ayer fuentes del sindicato, «no puede ir en la fase de concurso, ha de ir en la de méritos. Y para hacer el bolsín primero haces la oposición, los exámenes, y después entras en la fase de méritos, que es donde se debe hacer esta entrevista».

Entrevista personal

Sin embargo, Vila pretendía realizar esta entrevista en la fase de oposición, otorgándole 5 puntos, mientras que al examen oposición en sí se le otorgaban 15. Una decisión con la que CCOO no estaba de acuerdo por considerar que el tribunal de la oposición «no puede preguntar por algo que aún no conoce ni se ha aportado» puesto que los candidatos debían presentar los méritos en una fase posterior y tras haber superado el examen. En esas circunstancias, el sindicato consideraba «difícil» que el tribunal pudiera valorar a través de la entrevista la información que pudieran aportar los candidatos con respecto a las «tareas propias del puesto de trabajo, la experiencia profesional y los méritos alegados».

La jueza Irene Truyols ha basado su sentencia en otra del Tribunal Supremo sobre la entrevista en las pruebas selectivas. Esta sentencia indica que la eficacia de esta entrevista debe estar limitada a «la vertiente aclaratoria de la extensión de los méritos, pero sin que forme parte de la fase de oposición encaminada a demostrar la capacitación».

La jueza considera que Vila introdujo la entrevista en la fase del examen como una «prueba individualizada y autónoma» con «trascendencia objetiva decisoria» porque se valoraba hasta 5 puntos. Sin embargo, la entrevista debía ser «una prueba complementaria o accesoria en el sentido de que el tribunal se forme un criterio sobre los méritos o experiencia de los aspirantes». «No se reprocha la existencia de una entrevista en un proceso de selección, pero esta no puede tener carácter autónomo y decisorio», deja claro la sentencia que también recuerda que esto ha sido cuestionado «por el propio Tribunal Supremo». Una instancia que «ha entendido que, por su propio significado y alcance, la entrevista es propia de la fase de concurso de méritos».

Por estos motivos, la jueza declara la «disconformidad a derecho» de las bases para el bolsín de auxiliares administrativos y condena al Ayuntamiento al pago de 500 euros en concepto de costas.

El representante de CCOO en el Consistorio, Juan Ortiz, se mostró ayer «muy satisfecho» con la sentencia pues, recordó, el Ayuntamiento «estaba perjudicando al personal con su decisión». «Han usado técnicas que no son muy objetivas», añadió y recordó que, en tan solo un año y medio, este sindicato se ha visto obligado a recurrir a los tribunales en tres ocasiones por cuestiones similares. Ahora mismo CCOO está esperando también las sentencias de los recursos presentados contra las bases para la contratación de educadores sociales y contra las de Policía Local.

La respuesta

El Ayuntamiento de Ibiza no se pronunció ayer sobre la sentencia que ha dado la razón al sindicato CCOO y se limitó a señalar que «estudia» en estos momentos si presentar recurso de apelación contra la misma, dado que no es firme. En este sentido, y según informa Europa Press, el Consistorio recordó que en otros casos similares los tribunales han emitido «sentencias favorables a las bases elaboradas desde el Ayuntamiento». La institución tiene ahora un plazo de 15 días para tomar una decisión sobre esta cuestión.