La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Balears ha dictado una sentencia condenatoria contra S.F.B., el jugador de póker de origen kuwaití que aterrizó en el Aeropuerto de Ibiza desde Las Vegas con un avión privado, con treinta personas y una maleta con droga en julio de 2021.
La Sala señala en la sentencia que ha quedado acreditado que «en la maleta del acusado que se inspeccionó en el Aeropuerto había sustancia estupefaciente». El Tribunal lo apunta por la declaración de las dos funcionarias del Servicio de Vigilancia Aduanera que declararon en el juicio y por las manifestaciones del propio acusado que reconoció que en el equipaje que se registró en su presencia en el Aeropuerto había sustancia estupefaciente.
El Tribunal le impone una condena de 6 años y un día de prisión, más una multa de 30.000 euros como autor responsable de un delito contra la salud pública. Los magistrados consideran probado que «el acusado fue detenido estando en posesión de una gran cantidad de sustancias muy variadas que causan y no causan grave daño a la salud».
En consecuencia, valorando en conjunto las pruebas practicadas en el acto de juicio oral el Tribunal obtiene «razonablemente la convicción de que el acusado S. realizó la conducta típica a que se refiere el art. 368, en su modalidad de tenencia preordenada a promover o facilitar el consumo de estupefacientes a terceras personas».
Tal convicción, los magistrados la infieren, fundamentalmente, a partir de las declaraciones de los agentes de la Guardia Civil y de las agentes del SVA que estaban desempeñando sus funciones en la zona de control y comprobación de equipajes de mano de la terminal privada del Aeropuerto de Ibiza, así como la documental propuesta por las partes personadas en el procedimiento. Por otra parte, la Sala señala que en relación a la sustancia intervenida y analizada, «no se puede efectuar objeción alguna a la cadena de custodia». Según la resolución, «en todo momento se respetó la integridad de la cadena @PoderJudicialEs www.poderjudicial.es de custodia».
La defensa del procesado cuestionó durante la vista oral la cadena de custodia de las drogas intervenidas por la Guardia Civil en el Aeropuerto de Ibiza. A pesar de que el procesado negó que la maleta en la que se encontró la sustancia fuera suya, la Sala considera que las pruebas practicadas en el plenario avalan la tesis acusatoria respecto a que esa maleta era del acusado.
De acuerdo con la sentencia, de la maleta del procesado se incautó cocaína, ketamina, MDMA, resina de hachís y una gran cantidad de dinero que no se ha justificado que este proceda «de la ilícita actividad de distribución de sustancia estupefaciente». La sentencia no es firme, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
8 comentarios
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ENPNo lo condenan por traficar o vender, si lees el articulo "conducta típica a que se refiere el art. 368, en su modalidad de tenencia preordenada a promover o facilitar el consumo de estupefacientes a terceras personas". Aunque no la vendas, es ilegal regalar droga por mas que seas una ONG yonky, una lástima oye. Y como entre cristal, farlopa y ketamina llevaba medio kilo, entonces los magistrados interpretan que quería facilitar el consumo.
ENPSi yo tambien creo que no es para traficar, pero eso es como al que pillan con una cantidad importante de hierba, que seguramente es para consumo propio o incluso para regalar a sus amigos, y a ese le puede caer la misma pena. El caso viene a ser lo mismo pero a escala "luxury". Aunque vamos, tambien apostaria lo que quieras a que sale absuelto de esta.
SanitarioLo que escribe es que no se puede condenar a alguien si no se justifica que iba a traficar con la droga. Si, como dice el otro, el vuelo del jet privado ya es casi más caro que la droga que traía, y además, viene con más gente que declara que la droga era para consumo de todos ellos, pues es obvio que no está traficando, y como en España el consumo de droga no está penado, yo si fuera él, recurría la sentencia hasta el final. Me juego lo que quieras a que la próxima noticia sobre el tema es la absolución de este tío.
IbicencoO sea, que segun tu como su jet gasta mas que lo que lleva en drogas eso le autoriza a traer todo lo que quiera, no? vamos que para los ricos hay que hacer una ley aparte? No estas siendo tu el hipocrita?
DÓNDE ESTÁ ESTE ELEMENTO AHORA ALGUIEN SE CREE QUE VA A PISAR LA CÁRCEL? LA MULTA RIDÍCULA
,,, pienso y según lo leído, que la multa es lo de menos para esta persona, multa que siempre se vincula al precio de lo incautado,,,en referencia a la condena, pues perfecta, aunque no sea para venta,, el traficar es traficar,, y ojalá fuese un toque de atención para est@s personajes,, que piensa que el dinero todo lo compra,, en este caso no...
Muy bien a los 6 años de cárcel pero de multa deberían ser 300.000 euros!
Está clarísimo que no era para traficar, gasta más el combustible de ese jet, que el valor de lo que llevaba. En fin, se le añade que “Iba a provocar que otros se droguen” como si le pusiera una pistola a sus amigos para que lo hagan… Como si no fueran mayores para decidir por su propia Salud. Bendita hipocresía, luego todos enganchados a las benzodiazepinas.