Los turistas con billetes de barco comprados con antelación no necesitan autorización para sus coches

Los residentes en Ibiza que tengan vehículo con el domicilio fiscal en la isla no tendrán que hacer ningún trámite

Coches de alquiler aparcados junto al aeropuerto de Ibiza

TW
9

Los turistas que hayan comprado sus billetes de barco para trasladarse a Ibiza con anterioridad a la puesta en marcha de la plataforma para poder adquirir la preceptiva autorización para circular por la isla no tendrán que pedirla. Así lo ha establecido el Consell Executiu del Consell d’Eivissa en un acuerdo publicado este martes en el BOIB para la determinación de aspectos técnicos vinculados con el desarrollo de las limitaciones establecidas en la ley de control de afluencia de vehículos a la isla.

No obstante, el Consell d’Eivissa requerirá a las navieras para que en el plazo máximo de diez días comuniquen todos los vehículos a motor que desde el 1 de enero hasta la entrada en funcionamiento de la plataforma ibizacircular.es, que se espera que sea hoy miércoles, hayan desembarcado en la isla sin haber adquirido billete de salida de la isla y de los que dispongan de billete de entrada y salida durante el periodo de limitación, que es del 1 de junio al 30 de septiembre.

«Una vez identificados estos vehículos a motor, no precisarán de la obtención de autorización para el presente año 2025, pero se tendrán en consideración a efectos estadísticos», establece el acuerdo del Consell Executiu publicado en el BOIB.

Noticias relacionadas

Documentación

El acuerdo también establece la documentación exigida para la obtención de la autorización de entrada y permanencia en Ibiza por medios telemáticos. En este sentido, los turistas que pretendan entrar con su vehículo deberán presentar el documento de identidad de la persona solicitante y titular del vehículo así como el permiso de circulación del vehículo. En el caso de las autocaravanas y caravanas, tendrán que presentar la documentación que acredite que cuentan con una reserva de plaza asignada en uno de los ‘campings’ de la isla para su estacionamiento y pernocta.

En ambos caso, si existe suficiente cupo entre los 4.168 vehículos en circulación diaria previstos, de los que 120 se reservan para residentes en Formentera, y una vez liquidada y abonada la tasa de 1 euros diario, se emitirá la correspondiente autorización para los vehículos y días concretos solicitados.

Para los residentes en Ibiza y siempre que su vehículos tenga su domicilio fiscal en la isla, no deberán realizar ningún trámite ni aportar documentación alguna, ya que será el Consell d’Eivissa quien realizará de oficio la verificación del cumplimiento en función del domicilio fiscal del vehículo.

Leasing o renting

En el caso de vehículos sujetos a contratos de arrendamientos financieros (leasing o renting) se deberá aportar la documentación acreditativa a través del procedimiento habilitado al efecto en la sede electrónica del Consell d’Eivissa aportando el contrato de arrendamiento financiero, la documentación del vehículos financiado y la acreditación de la residencia en Ibiza del titular o titulares del contrato.