El fiscal anticorrupción Pedro Horrach solicitó ayer al juez instructor del 'caso Nóos', José Castro, la apertura de una pieza de responsabilidad civil en la causa para que los principales imputados Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres presten una fianza de 8,189.448,44 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias en caso de que ambos sean, finalmente, condenados. El juez acordó ayer dar veinte días de plazo a Manos Limpias, la Comunitat Autónoma y las defensas de Urdangarin y Torres para que presenten sus respectivas alegaciones.

En el escrito de 200 folios, el fiscal pide el embargo de los bienes de los imputados «hasta alcanzar dicha cantidad», si no la constituyen en el plazo establecido, e incluye a todas las sociedades 'satélites' del Instituto Nóos, entre ellas Aizoon SL, propiedad de Urdangarin y su esposa Cristina de Borbón.

Aizoon figura como propietaria de dos pisos en Palma, que serían embargados si Urdagarin y Torres no constituyen la totalidad de la fianza. Según el relato del fiscal Horrach, ambos realizaron «una actividad delictiva premeditada». Los aspectos claves del escrito de Anticorrupción son los siguientes:

Fianza. «La cuantía de la fianza corresponde a las cantidades íntegras de fondos públicos percibidas por el Instituto Nóos en base a los convenios de colaboración referidos a los eventos Illes Balears Forum y Valencia Summit».

Lucro. «La única finalidad perseguida con la creación y posterior asunción o toma de control del Instituto Nóos por parte de Iñaki Urdangarin y Diego Torres era contar con la cobertura de una asociación que formalmente no perseguía ánimo de lucro (una especie de ONG dedicada a proyectos sociales)».

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Fondos públicos. «Perseguían el acceso a los fondos públicos a través de convenios de colaboración con entidades públicas, ya que presentándose como compañía mercantil privada les estarían vedadas dichas opciones de otra manera.

Objetivos. «Con ello lograron aparentar la no persecución de fines lucrativos, rodearse del prestigio social derivado de las actuaciones altruistas a las que presuntamente se dedicaba la asociación y evitar la suspicacias por parte de terceros al financiarse básicamente con fondos procedentes de organismos públicos».

Decisiones. «Por parte de los responsables de las Administraciones Públicas, de común acuerdo con los representantes del Instituto Nóos, se tomaron decisiones administrativas arbitraias e injustas, en tanto que adoptadas al margen de cualquier expediente administrativo, puesto que la apertura del preceptivo expediente y procedimiento administrativo hubiera impedido u obstaculizado la consecusión de la ilícita finalidad de beneficiar a personas concretas».

Poder. «La conclusión, tras lo expuesto, es que estamos en presencia de una 'conciencia irrefutable de las desviaciones de poder', requisito básico para calificar las distintas conductas como delictivas».

Sociedades. «Todas las sociedades del Instituto Nóos son directamente beneficiadas por el fraude al haberse desviado las cantidades recibidas por el Instituto Nóos hacia dichas entidades a través de facturas simuladas»