El Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, ha respondido a la petición del juez José Castro de que tanto la Infanta Cristina como él aportasen las actas de la mercantil Aizoon, aseverando en un escrito que éstas nunca han obrado en su poder puesto que las materias contables, administrativas, fiscales, documentales y tributarias estaban en manos de los excontables y también imputados Luis y Marco Antonio Tejeiro.

Mediante el escrito que ha remitido al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, al que ha tenido acceso Europa Press, Urdangarin señala así que de los anteriores ámbitos «se han venido ocupando, históricamente», los hermanos Tejeiro, cada uno de ellos en su respectiva especialidad e integrados en el Bufete de Asesoramiento Fiscal Medina-Tejeiro

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El encausado responde de este modo a la solicitud del juez, que mediante una providencia solicitó las actas de Aizoon, propiedad de los Duques de Palma al 50 por ciento y que, según la Audiencia Provincial de Baleares, permitió a ambos beneficiarse de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios.

El tribunal de la Sección Segunda dejaba así en suspenso la imputación de la Infanta en relación a posibles delitos fiscales, por cuanto, según recalcaba, el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la cuenta de la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con su posible «conocimiento del origen ilícito y delictivo» de estos fondos.

Sin embargo, la Agencia Tributaria (AEAT) de Cataluña, mediante un reciente escrito en el que daba respuesta a varias de las peticiones efectuadas por el juez José Castro en cuanto a la necesidad de aclarar si la Infanta intervino en supuestas irregularidades fiscales, recalca que no puede considerarse a la hija del Rey Don Juan Carlos cooperadora o partícipe de un delito contra la Hacienda pública «por el sólo hecho» de ser socia no administradora de Aizoon, en contra del criterio expuesto por la Audiencia.