El pleno del Parlament balear ha aprobado este martes con el apoyo del PP el proyecto de ley del Govern que regula el mecenazgo deportivo y que establece medidas tributarias.

El objetivo de esta ley, defendida por el conseller de Turisme i Esports, Jaime Martínez, es contribuir al fomento y al desarrollo del deporte y las entidades deportivas de las Illes Balears.

En las islas se celebran cada año unos 65 eventos deportivos relevantes, lo que puede ayudar a la prolongación de la temporada turística.

El texto regula los ámbitos que abarca el propio mecenazgo deportivo: proyectos o actividades deportivas incluidas dentro del ámbito federativo; proyectos o actividades declaradas de interés social por la Conselleria de Turismo y Deportes; y la investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio deportivo de las islas.

También se prevén medidas fiscales aplicables al mecenazgo deportivo, la creación de empresas deportivas y la adquisición de empresas o bienes muebles de ámbito deportivo.

El mecenazgo se puede llevar a cabo a través de donaciones, préstamos de uso o comodato y convenios de colaboración.

Los beneficiarios de este tipo de mecenazgo pueden ser tanto las entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas fiscalmente en Baleares, como la administración de la Comunidad Autónoma y los organismos autónomos y fundaciones y consorcios públicos dependientes, los consells insulars y la entidades locales de Balears, así como los organismo autónomos y fundaciones y consorcios públicos dependientes, y la Universitat de les Illes Balears.

También pueden ser beneficiarias las personas físicas con domicilio fiscal en Balears que de forma habitual realizan actividades deportivas.

Además, se concretan los incentivos fiscales y en qué casos y actuaciones se podrán aplicar, además de determinar los requisitos necesarios para tener derecho a las deducciones y los procedimientos a seguir.

De esta forma, el texto establece una deducción de la cuota autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de un 15 % sobre el valor de las donaciones, cesiones de uso, contratos de comodato o cantidades satisfechas por convenios de colaboración, con un límite de deducción aplicable de 600 euros por ejercicio.

Respecto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales, se establece un tipo del 1 % aplicable a aquellas cuyos bienes inmuebles sean imprescindibles para la práctica del deporte cuando éstos sean incorporados a una empresa, actividad o proyecto de carácter deportivo.

La persona que adquiere el bien deberá mantener en su patrimonio dicha actividad o proyecto deportivo durante por lo menos cinco años desde su adquisición.

Finalmente, en lo referente al impuesto sobre donaciones y sucesiones, el nuevo texto concreta que se eleva la reducción en la transmisión de una empresa, que aumenta del actual 95 % fijado para todo tipo de empresa al 99 % cuando se trate de bienes y derechos afectos a una empresa deportiva.

También prevé que la reducción por la adquisición de participaciones sociales en entidades deportivas ascienda al 99 %.

Se regula además una reducción del 70 % en la base imponible del impuesto del valor de los bienes de la herencia que se destinen a la creación de una empresa deportiva con un límite de base de 400.000 euros.

Finalmente, en las donaciones dinerarias de padres a hijos o a otros descendientes o entre colaterales hasta el tercer grado que se destinen a la creación de una empresa deportiva se aplicará una reducción del 70 %, con un límite de base de 300.000 euros.